Esto se fijó de acuerdo al siguiente diagrama:
1) $1.140.000 de sueldo proporcional al tiempo trabajado y al resto de las categorías, por noviembre de 2024;
2) $1.160.000 proporcional al tiempo trabajado y al resto de las categorías, por diciembre de 2024;
3) $1.200.000 proporcional al tiempo trabajado y al resto de las categorías, a partir de enero de 2025.
A su vez, por las diferencias salariales, se abonará una gratificación extraordinaria por única vez, no remunerativa, no regular ni habitual (…) en 3 cuotas mensuales, por noviembre de 2024, "y sus respectivas incidencias serán abonadas durante febrero de 2025", explica el acta.
Las diferencias derivadas de diciembre de 2024 serán abonadas el 20 de marzo de 2025; y las diferencias derivadas del mes de enero de 2025 y sus respectivas incidencias serán abonadas el día 18 de abril de 2025.
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