Particularmente, se ha registrado un notorio aumento en la tasa de interés mínima o parcial en las tarjetas de crédito, la cual se ha elevado al 122%, en contraste con el 107% que estaba en vigor anteriormente. Esta modificación implica que, a partir del cierre mensual de la tarjeta de crédito, si no se liquida el saldo completo del resumen, los intereses que se acumulan sobre el saldo pendiente mostrarán un alza en relación a períodos anteriores.
Lo cual indica qué, a raíz de la medida anunciada, aquellos que elijan el financiamiento de sus tarjetas de crédito se verán obligados a afrontar un costo más elevado en comparación con el que regía hace unos días.
Para ejemplificar esta situación, supongamos que el saldo de la cuenta bancaria en el mes de noviembre se eleva a $120.000, pero el titular de la tarjeta efectúa un pago de tan solo $80.000, eligiendo financiar los $40.000 restantes. En esta instancia, se le impondrá un interés nominal del 122% sobre dicho monto.
Pese a las normas previas emitidas por el Banco Central, en las que se determinaba que el financiamiento a una tasa de interés anual solo sería viable en el caso de montos inferiores a $200.000, es necesario destacar que una vez que se sobrepase esta suma, entrará en vigencia la restricción estipulada en el artículo 16 de la Ley 25.065 sobre las operaciones con Tarjetas de Crédito.
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