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Monotributo: El Gobierno reglamentó cambios y aumentos, pero falta la AFIP

A través del decreto 661, el Gobierno oficializó los cambios con aumentos en escalas y cuotas del Monotributo pero todavía falta la reglamentación de la AFIP.

El Gobierno dio otro paso en los cambios en el Monotributo, pero siguen sin confirmarse los nuevos valores de las cuotas que se estima que tendrán incrementos superiores al 100%. Se espera que la AFIP de a conocer la reglamentación pero ya se oficializaron las modificaciones que disponía el Paquete Fiscal sancionado por el Congreso.

Las novedades en el decreto

A través del Decreto 661 publicado este miércoles (24/7) en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Milei, el ministro de Economía, Luis Caputo y la canciller Diana Mondino, el Gobierno nacional oficializó los cambios en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, contenidos en paquete fiscal sancionado por el Congreso en junio pasado. Si bien no hay novedades en cuanto a las escalas y otros detalles, siguen sin confirmarse los valores de las cuotas de las distintas categorías que, según cálculos de los especialistas, tendrían incrementos superiores al 100%. Todo dependerá de la reglamentación que dé a conocer la AFIP oportunamente.

El decreto conocido hoy establece que el ente recaudador "efectuará las actualizaciones dispuestas (...) en los meses de enero y julio de cada año considerando, en cada caso, la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el INDEC.

Cabe recordar que la actualización en los topes de facturación, las escalas y las cuotas entrarán en vigencia el 1° de agosto próximo.

Un dato no menor es que, de acuerdo con el decreto 661, podrán reingresar al Régimen Simplificado quienes hayan renunciado o sido excluidos entre el 1° de enero y el 31 de julio de 2024.

Nuevamente, sobre este último beneficio la AFIP deberá establecer las modalidades, plazos y condiciones “para efectuar dicha adhesión”.

Por su parte, quienes superaron el límite de ingresos vigentes de la categoría H —entre enero y julio— “tendrán por cumplidas sus obligaciones”, siempre que sus ingresos no excedieran el límite de la categoría K.

Cuáles serán las nuevas escalas del Monotributo:

Categoría A: pasará de $2.108.288,01 a $6.450.000 lo que representa un alza de 206%

Categoría B: pasará de $3.133.941,63 a $9.450.000 lo que representa un alza de 202%

Categoría C: pasará $4.387.518,23 a $13.250.000 lo que representa un alza de 208%

Categoría D: pasará de $5.449.094,55 a $16.450.000 lo que representa un alza de 202%

Categoría E: pasará de $6.416.528,72 a $19.350.000 lo que representa un alza de 202%

Categoría F: pasará de $8.020.660,9 a $24.250.000 lo que representa un alza de 203%

Categoría G: pasará de $9.624.793,05 a $29.000.000 lo que representa un alza de 202%

Categoría H: pasará de $11.916.410,45 a $44.000.000 lo que representa un alza de 270%

Categoría I: pasará de $13.337.213,22 a $49.250.000 lo que representa un alza de 269%

Categoría J: pasará de $15.285.088,04 a $56.400.000 lo que representa un alza de 269%

Categoría K: pasará de $16.957.968,71 a $68.000.000 lo que representa un alza de 301%

Cómo quedarían las cuotas del Monotributo a pagar desde agosto

Mientras no haya confirmación de la AFIP, los especialistas estiman que las cuotas del monotributo pasarían a ser las siguientes para cada categoría:

Categoría A: de $12.128,39 a $26.600.

Categoría B: de $13.561,75 a $30.280.

Categoría C: de $15.503,51 a $35.458 para servicios y de $15.241,42 a $34.658 para venta de productos.

Categoría D: para servicios de $19.497,94 a $45.443,80, y de $19.066,46 a $44.343,80 los que venden productos.

Categoría E: de $26.945,97 a $64.348,18 (servicios) y de $24.526,43 a $58.148,18 venta de cosas muebles;

Categoría F: de $33.137,61 a $80.983 para los servicios, y para los que venden productos, de $29.223,11 a $69.783.

Categoría G: de $38.694,95 a $123.696,20 para servicios y de $33.439,61 a $85.296,20 para los productos.

Categoría H: para servicios (la última escala permitida hasta hoy) de $66.111,51 a $280.734,68. Mientras, los que venden bienes, de $56.402,68 a $170.734,68.

Categoría I: La cuota mensual pasaría de $81.121,96 a $255.108,55 para quienes realizan ventas. Los que facturen por servicios y entren a la categoría, en tanto, abonarían $517.608,55.

Categoría J: de $93.619,47 pasaría a $311.931,97 para ventas y llegaría a $626.931,97 en el caso de los servicios.

Categoría K: La cuota mensual se irá de $106.964,65 a $377.084,75. En servicios, ascendería a $867.084,75.

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