2. Las sociedades de bolsa del exterior, que operen por cuenta y orden de terceros (clientes argentinos), podrán operar por un monto máximo diario de $ 100 millones por cada uno de esos clientes. Tienen que informar a la CNV con 5 días hábiles de anticipación y ese informe tiene carácter de Declaración Jurada.
3. Las sociedades de bolsa del exterior, que operen por cuenta propia y con fondos propios, deberán avisar con 5 días hábiles de anticipación cuando operen por más de $ 100 millones. Esta información, con carácter de Declaración Jurada, debe ser remitida a la CNV.
4. Los inversores locales -que poseen CUIT- y operen por cuenta y orden de terceros podrán operar por hasta $ 100 millones diarios, y deberán informar con 5 días hábiles de anticipación y detallar quién es el tercero para el que operan. Esta información, con carácter de Declaración Jurada, debe ser remitida por los intermediarios (sociedades de bolsa) a la CNV.
5. Los inversores locales –que poseen CUIT- y operen por cuenta propia y con fondos propios, podrán operar sin límite, pero deberán avisar con 5 días hábiles de anticipación si el monto es mayor a $ 200 millones diarios. Esta información, con carácter de Declaración Jurada, debe ser remitida por los intermediarios (sociedades de bolsa) a la CNV.
6. Las carteras propias de Alycs y AN podrán saltar los plazos de permanencia cuando concerten operaciones de venta con liquidación en moneda extranjera (dólares) en ruedas de negociación bilateral y posteriormente apliquen esa moneda extranjera a la compra de activos y su posterior venta en pesos (empiezan en pesos y terminan en pesos).
---------------------------------------
Más contenido en Urgente24
Aerolíneas Argentinas recibió nuevo avión "ancho"
Las otras Cataratas de Misiones que muy pocos conocen
La nueva y exitosa película argentina que arrasa Hollywood
Jubilados: Cómo comprar pasajes con descuento para Argentina