En la ocasión, una frase que debería preocupar a la UCR: "El nuevo enemigo del movimiento obrero es Rodrigo De Loredo que le hace el laburo gratis al gobierno".
Para el bolsillo del caballero o la cartera de la dama
A través de los Decretos 592 y 593, publicados en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional promulgó la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos y el paquete de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
Comencemos por el principios: Servicio al lector del PDF de la llamada 'ley Bases':
Y ahora el PDF del 'paquete fiscal' donde aparecen tanto el regreso de Ganancias sobre salarios como el Impuesto a los Bienes Personales. El texto promulgado llevó el mínimo no imponible a $1.800.000 brutos para los solteros y a $2.200.000 para los casados con hijos. Así, volverán a pagar este tributo alrededor de 800.000 trabajadores que habían sido eximidos durante la gestión de Alberto Fernández, con alícuotas que van del 5% al 35%.
Si se trata de un empleado soltero con dos hijos menores a 18 años declarados a su cargo, el salario bruto más bajo alcanzado por el impuesto será de $2.100.000, que equivale a un sueldo neto de 1.781.277,39 pesos. En el caso de un empleado casado con dos hijos menores a cargo, quedará eximido del pago del impuesto con un salario bruto inferior a $2.400.000, es decir, un sueldo neto de 2.081.277,39 pesos.
Además, la actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este año, en septiembre, y luego de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
En concreto
Enorme difusión de la opinión del director de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez:
- “Ganancias entra en vigencia hoy, pero tiene diferentes efectos. La derogación del impuesto cedular es para el 2024, o sea, retroactivo al 1° de enero, porque el impuesto es anual. La restitución, entonces, de Ganancias es retroactiva al 1 de enero de las remuneraciones que se cobraron hasta el 30 de junio. Este cambio de régimen no puede generarle al empleado más impuesto del que tuvo que tributar hasta el 30 de junio."
- "Si le retuvieron más de lo que corresponde por la nueva ley, la restitución, le van a devolver la diferencia. Pero si le retuvieron menos de lo que corresponde por la nueva ley, entonces se va a generar una deducción especial para no tener que retenerle ese impuesto por esta aplicación".
- "No es razonable que una medida de este tipo genere una deuda a los empleados que ya cobraron sus remuneraciones y le dieron un destino a las mismas, sobre todo en el contexto económico actual".
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