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No descartan nueva suba de combustibles (¿con agua?)

Desde las Estaciones de Servicio señalan que podría haber otro ajuste en los combustibles y advierten por stock, mientras reciben denuncias por ¿nafta con agua?

Esta semana YPF aumentó sus combustibles un 7,5% en promedio. Esta suba fue acompañada por las demás petroleras que también incrementaron el precio de la nafta y el gasoil. Pero pese al sacudón que representa para el usuario, desde la Cámara de Estaciones de Servicio de Rosario advirtieron que el valor de los combustibles sigue desfasado.

"El combustible lleva un 41,7% de aumento en lo que va del año que, comparado con la inflación que llevamos en lo que va del año que supera el 70% viene desfasado", detalló el presidente de la Cámara, Sebastián Estévez.

Ante esto, el empresario no descartó un nuevo incremento antes de fin de año en los combustibles, aunque aclaró que no son ellos quienes definen el precio. "El combustible está regulado por el Gobierno nacional y son ellos los que determinan cuándo van a ser los aumentos y los porcentajes de los mismos", aclaró.

Además, desde el sector advirtieron que las estaciones de servicio continúan teniendo problemas de stock. "Ya va a hacer casi un año que las estaciones vienen sufriendo el desabastecimiento del combustible ya que todavía siguen recibiendo el combustible por cupos. Si bien mejoró en las últimas semanas. el problema aún no fue solucionado en un 100 por ciento", advirtió.

Controles "ineficientes" y ¿nafta con agua?

Un fallo de la Cámara de Apelaciones en relación a la demanda de un automovilista que denunció que la Estación de Servicio le había cargado nafta mezclada con agua concluyó que los controles que hace INTI son "ineficientes". Cabe recordar que el INTI realiza los controles de calidad de los combustibles y la seguridad de las instalaciones.

La Cámara Quinta de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la provincia de Córdoba (EXPEDIENTE SAC: 7979260) sancionó a una Estación de Servicio y a la petrolera que la embandera por los daños ocasionados a un vehículo, cuyo propietario denunció que le cargaron nafta mezclada con agua.

"Son impuestos sobre la cadena productiva que caen inevitablemente en manos de las estaciones de servicio a la hora de la venta del producto", explicó Lucas Dezordi.

Un automovilista denunció que la Estación de Servicio le había cargado nafta mezclada con agua...

La decisión de los jueces se fundó en el diagnóstico técnico realizado inmediatamente después de observada la falla que provocó la detención completa del rodado en la vía pública a escasos metros de la Estación de Servicio y con imposibilidad absoluta de poder arrancar.

La evidencia presentada por el damnificado no pudo ser refutada ni por el establecimiento ni por la compañía, que fue condenada de manera solidaria conforme el art. 40 de la Ley de Defensa de la Competencia. Allí se dispone que "si el daño al consumidor resulta del vicio o riesgo de la cosa o de la prestación del servicio, responderán el productor, el fabricante, el importador, el distribuidor, el proveedor, el vendedor y quien haya puesto su marca en la cosa o servicio… La responsabilidad es solidaria, sin perjuicio de las acciones de repetición que correspondan. Sólo se liberará total o parcialmente quien demuestre que la causa del daño le ha sido ajena".

El fallo explica que durante las instancias probatorias no se observó la realización de controles periódicos en los depósitos de combustibles a los fines de descartar el agregado (intencional o no), la presencia o infiltración de agua u otros productos que puedan adulterarla. Tampoco se demostró la implementación de protocolos de actuación eficaces para auditar, en forma periódica, la calidad del producto entregado a los usuarios que, por sus características y modalidad de comercialización, se torna altamente aconsejable.

"Repárese que ningún consumidor de combustible, bajo la modalidad de entrega y carga en Estaciones de Servicio, está en condiciones de controlar o conocer las características del producto recibido si se hace a través de una manguera oscura conectada directamente al depósito de combustible y por un procedimiento que impide el contacto físico o visual con el mismo", precisaron los magistrados.

Asimismo, uno de los puntos salientes de la sentencia, hace mención a que si bien se han acompañado registros de las inspecciones del INTI, "se trata de un control específico, una vez al año y sobre un depósito de combustible nada más, lo que no resulta demostrativo de un diligente control, sin referencia concreta a la cantidad de veces que cada tanque o depósito del establecimiento es controlado y rellenado".

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