El dólar MEP subía $1 y alcanzaba los $840,43 (+0,2%). Si la operación se concreta con títulos GD30, llega a $847,19 (+0,9%).
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Cabe recordar que la semana pasada, el Gobierno también había aumentado el cepo a las operaciones con bonos al imponer un nuevo plazo mínimo de tenencia en cartera para las emisiones de bonos emitidas bajo ley extranjera de cinco días hábiles obligatorios con el propósito de frenar la escalada del blue. En ese marco, también se habían realizado allanamientos a 18 bancos por presuntas operaciones fraudulentas con importaciones.
Este martes, en la apertura de los mercados, la división de Lavado de Dinero realizaba procedimientos en 'cuevas' del microcentro porteño.
Aumento de impuestos
Mediante la Resolución 5430 publicada este martes en el Boletín Oficial, la AFIP elevó al 100% el recargo sobre los dólares solidario, Qatar y turista, lo que surge de la siguiente suma: Un +30% en el Impuesto País; +45% en percepciones por el impuesto a las Ganancias y +25% a cuenta de Bienes Personales.
Según la resolución, los cambios buscan “sostener el impulso redistributivo de la política fiscal y promover la equidad en la administración tributaria”.
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Según el texto de la norma, se establece que para las operaciones previstas en los incisos a) a e) del artículo 35 de la Ley N° 27.541 y en el inciso b) del artículo 13 bis del Decreto N° 99/19, se aplicará una percepción del 45% y otra del 25%.
Las percepciones practicadas se considerarán pagos a cuenta de los tributos correspondientes, variando su tratamiento según la condición tributaria del sujeto pasible:
Las percepciones al 45% se tratarán como pagos a cuenta del Impuesto sobre los Bienes Personales para sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que no sean responsables del Impuesto a las Ganancias. Para los demás sujetos, se imputarán al Impuesto a las Ganancias.
Las percepciones al 25% se tratarán como pagos a cuenta del Impuesto sobre los Bienes Personales para personas humanas y sucesiones indivisas, permitiendo la solicitud de devolución en ciertos casos. Para los demás sujetos, se imputarán al Impuesto a las Ganancias.
En resumen, la cuenta que debe tenerse en cuenta a partir de la resolución de hoy es: valor dólar oficial $365,50 y sumarle los tributos de 45%, 30% y 25%, lo que resulta en un cambio de $371 en los casos de los dolares conocidos como Qatar, Solidario y Turista.
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Otros cambios
La decisiónd de la AFIP supone terminar con la reducción del recargo sobre el dólar Qatar, que regía para los gastos con tarjeta de US$ 300 o más.
Otro cambio es que ya no se tendrá en cuenta el monto de consumo mensual por sujeto para determinar qué percepciones impositivas deben pagarse: todos los consumos con tarjeta de crédito y débito, así como la compra del 'oficial' -el que tiene un cupo de adquisición de US$ 200 por mes- tendrán la misma carga y todos los recargos elevados al 100%.
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