El plazo para adherirse al régimen se extiende hasta el 30 de abril de 2025, con posibilidad de prórroga hasta el 31 de julio de 2025.
Impuesto especial
El impuesto especial se calculará e ingresará en dólares. La regularización de hasta U$S 100.000 de valor de los bienes no tributará. Superado ese umbral, se aplicará la alícuota correspondiente sobre el excedente.
AFIP: Etapas y alícuotas
Habrá tres etapas para adherirse al régimen con diferentes alícuotas:
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Etapa 1: Hasta el 30 de septiembre de 2024, alícuota del 5%.
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Etapa 2: Del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2024, alícuota del 10%.
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Etapa 3: Del 1 de enero al 31 de marzo de 2025, alícuota del 15%.
Entre los beneficios que se obtendrán, los contribuyentes que accedan al blanqueo se liberarán de impuestos o sanciones legales derivadas de sus bienes no declarados.
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Se permite la apertura de Cuentas Comitentes Especiales de Regularización en Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs) regulados por la Comisión Nacional de Valores.
Adelanto del impuesto
Se deberá ingresar el 75% del impuesto como adelanto al momento de manifestar la adhesión, monto que servirá de crédito al presentar la declaración jurada.
La regularización de activos cripto busca ofrecer una vía para que los contribuyentes puedan declarar sus tenencias de manera segura y transparente, con beneficios fiscales significativos.
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