Con respecto al faltante, tiene que ver con aquellos distribuidores que importan partes desde otros países y que el último tiempo empezaron a tener problemas para poder ingresarlas a la Argentina.
Si bien existe cierto grado de optimismo en que la situación pueda resolverse en los próximos días, aún no hay fecha definida para el regreso al trabajo, pese a que se cree que hasta el martes siguiente estará el párate.
General Motors fabrica dentro de su planta en Alvear los modelos Tracker y Cruze, que antes de que finalice el año saldrá definitivamente de la línea de montaje.
La medida de la norteamericana no es la primera de este tipo debido a la dificultad que hay en las importaciones y de pago a proveedores externos en dólares.
Asimismo, en el último tiempo Renault, Nissan, Stellantis y Volkswagen también frenaron la actividad por problemas de suministros de piezas o ajustes de stocks.
Unificación a $731
Por otro lado, tal como informó Urgente24 en: Dólar: AFIP unificó a $731 el Qatar, tarjeta y solidario, el Gobierno nacional respondió mediante la AFIP y aumentó en un 100% los impuestos sobre los dólares denominados Qatar, Solidario y Turista unificando su valor en $731.
Mediante la Resolución 5430 publicada este martes en el Boletín Oficial, la AFIP elevó al 100% el recargo sobre los dólares solidario, Qatar y turista, lo que surge de la siguiente suma: Un +30% en el Impuesto País; +45% en percepciones por el impuesto a las Ganancias y +25% a cuenta de Bienes Personales.
Según la resolución, los cambios buscan “ sostener el impulso redistributivo de la política fiscal y promover la equidad en la administración tributaria”.
Según el texto de la norma, se establece que para las operaciones previstas en los incisos a) a e) del artículo 35 de la Ley N° 27.541 y en el inciso b) del artículo 13 bis del Decreto N° 99/19, se aplicará una percepción del 45% y otra del 25%.
Las percepciones practicadas se considerarán pagos a cuenta de los tributos correspondientes, variando su tratamiento según la condición tributaria del sujeto pasible:
Las percepciones al 45% se tratarán como pagos a cuenta del Impuesto sobre los Bienes Personales para sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que no sean responsables del Impuesto a las Ganancias. Para los demás sujetos, se imputarán al Impuesto a las Ganancias.
Las percepciones al 25% se tratarán como pagos a cuenta del Impuesto sobre los Bienes Personales para personas humanas y sucesiones indivisas, permitiendo la solicitud de devolución en ciertos casos. Para los demás sujetos, se imputarán al Impuesto a las Ganancias.
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