# Luego visualizaran los datos que AFIP tiene de vos a título informativo.
# Continuando, encontraran la opción “Recategorizarme”
# Luego le pide que inserte el monto facturado los últimos doce meses. Es importante que coloquen la suma de las facturas realizadas, independientemente de lo percibido.
Es sumamente importante que cada contribuyente comience desde ahora hasta el 20 de enero, inclusive, realice la operatoria descripta puesto que, de no hacerla, luego del vencimiento de la misma, la AFIP lo realiza de oficio y de manera peyorativa contra el contribuyente.
Ahora bien, tengamos en cuenta que, en el congreso se encuentra un proyecto de ley de alivio y sostenimiento fiscal para el régimen simple, motivo por el cual, los valores seguirán siendo los mismo, tanto de actualización como de pago del monotributo hasta tanto y en cuanto no se aprueba el proyecto que entrara en debate los próximos días en la cámara baja.
Esto significa que, la Recategorizacion de enero 2020, se realiza con los viejos parámetros y será una oportunidad invaluable para que los 3.6 millones de monotributistas no sufran el traspaso infernal al régimen general. Situación que esta suspendida hasta el 28/02/2021.
En el caso de monotributistas cuya alta es desde el 01 de agosto de 2020, no están obligados a realizar la recategorizacion por no cumplir los 6 meses fiscales.