La Justicia amenazó con revocar la prisión domiciliaria de CFK
El Tribunal Oral Federal que condenó a Cristina Kirchner a seis años de prisión le advirtió que violó las condiciones de su prisión domiciliaria en San José 1111 por la bandera desplegada este fin de semana entre su balcón y el de un edificio vecino, en el marco de los actos para recordar su primer año presa. Le advirtieron a la ex presidenta que de repetirse podría implicar que la manden a cumplir su condena a la cárcel.
“Intimase a Fernández de Kirchner a que en lo sucesivo se abstenga de desplegar conductas o asumir comportamientos que puedan implicar el incumplimiento de las pautas y condiciones bajo las cuales fue concedida y se ejecuta la modalidad domiciliaria de cumplimiento de la pena de prisión que le ha sido impuesta, bajo apercibimiento de ley en caso de verificarse nuevos incumplimientos (art. 34 de la ley 24.660)”, escribió el juez Rodrigo Giménez Uriburu.
Según publicó La Nación, el magistrado recordó que se le impuso a Cristina Kirchner “abstenerse de adoptar comportamientos que pudiesen perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes”.
Señaló que en el pasado hubo periódicamente diversas manifestaciones que, a juicio del tribunal, no implicaban la violación de las condiciones de la prisión domiciliaria, a pesar de las quejas del fiscal Diego Luciani, pero que eso cambió el domingo pasado, cuando “se verificó un episodio que importa, en principio, un incumplimiento de la regla de conducta referida, y que amerita la intervención del suscripto en su condición de juez a cargo del contralor de la pena de prisión de la condenada”.
"Se desplegó una bandera de grandes dimensiones, soportada por una estructura de cables tensores, desde una ventana de un edificio ubicado en una esquina enfrentada al edificio en cuestión, la que fue extendida cruzando la calzada y su espacio aéreo hasta quedar sujeta al balcón de la vivienda donde Fernández de Kirchner cumple su sanción ”, explicó.
“La conducta descrita no constituyó un episodio ajeno a la condenada; por el contrario, surge de las constancias obrantes en autos que participó activamente en el despliegue de la referida bandera, utilizando el balcón de su propio domicilio de arresto como punto de anclaje y sujeción, y hasta colaborando de propia mano con dicha acción”, relató el magistrado.
Y dijo que, a diferencia de lo sucedido en otras concentraciones, en las que Cristina Kirchner no tuvo “intervención directa”, aquí “el episodio presenta notas cualitativamente distintas: el despliegue de una maniobra riesgosa para el espacio público y perturbadora para los vecinos de la ochava, más la participación personal y activa de la condenada en la concreción de la acción, con empleo del domicilio de cumplimiento a ese fin”.
cristina san jose1111-bandera
Por eso dijo que la conducta de CFK es reprochable desde tres puntos de vista:
- el “ostensible riesgo para la integridad física” de la ex mandataria y de los transeúntes, conductores, pasajeros del transporte público o peatones
- la instalación de pasacalles, pancartas u objetos similares y de una “bandera sostenida por cables de alta resistencia” debería contar con una autorización municipal
- el despliegue de la bandera “perturba objetiva e indefectiblemente la tranquilidad del vecindario y altera la convivencia pacífica de sus habitantes, afectando de manera directa la condición de conducta cuya observancia fue expresamente impuesta a la condenada”.
“La suma de los extremos señalados revela que la conducta verificada el 14 de junio pasado no es compatible con las obligaciones asumidas en el marco de la prisión domiciliaria concedida, ni con el estándar de comportamiento que el tribunal tuvo en miras al imponer las reglas de conducta oportunamente establecidas”, escribió el juez Giménez Uriburu.