Más que renunciar a ese derecho, Javier Milei podría optar por donarlo (tal como hizo con su sueldo de diputado).
Por caso, en 1998, la Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció en un fallo en el caso "Amerisse, Nancy c. Caja de Previsión de la Provincia de Salta", acerca del principio de irrenunciabilidad en materia previsional: el principio de irrenunciabilidad en el ámbito de la Seguridad Social implica una obligatoriedad que no admite voluntad en contrario en cuanto a la incorporación de los individuos al sistema. En este sentido, la seguridad social implica para el beneficiario un derecho pero también constituye una obligación.
Dicho principio de "irrenunciabilidad e imprescriptibilidad de los derechos previsionales (artículo 14 bis, tercer párrafo, de la Constitución Nacional)" también fue tomado como base en, por ejemplo, un fallo de la Sala 2 de la Cámara Federal de la Seguridad Social de 2016:
-------------
Más contenido en Urgente24:
Contratos: El escándalo derrama en Educación y provoca renuncias
Milei abre el paraguas: "No habrá déficit 0 en junio" (y promesas por retenciones...)
UNITAS 2024: Peligra la participación de la Armada, ¿porque Petri no encuentra outfit?
Jubilaciones: ¿Y si el Senado encuentra dónde está la plata?
Para Manuel Adorni no hay 'motosierra': 5 nuevos nombramientos (y suspendió conferencia)