Previsible: La movilidad jubilatoria hacia la CSJN
El juez federal de Salta Julio Leonardo Bavio dijo en el primer fallo sobre la Ley de Solidaridad que suspendió la movilidad jubilatoria que "la garantía constitucional de movilidad establecida por la Constitución nacional no se encuentra determinada por el período posterior al 23/12/2019". Aunque el caso es muy anterior a la Ley de Solidaridad del 23/12/2019, el juez Bavio explicó en su fallo que "el pronunciamiento judicial debe atender a las circunstancias existentes al momento de la decisión". Resaltó que distintos pactos internacionales ratificados por Argentina, entre ellos el que protege a las Personas Mayores, establecen el principio de progresividad o de prohibición de regresividad de los derechos económicos y sociales".
09 de febrero de 2020 - 09:24
El juez federal de Salta, Julio Leonardo Bavio, pospuso una decisión definitiva para cuando se sepa cuál será el índice de aumento de las jubilaciones que fije el Gobierno en marzo, la Justicia ya advirtió sobre la suspensión del índice de movilidad jubilatoria que las garantías vigentes para las personas mayores implican "comportamientos positivos por parte del Estado, no pudiendo posponerse su goce ni disminuir el grado de protección ya alcanzado".