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Otro revés a Insfrán en la Corte: Lo intiman a dar informes sobre su política sanitaria

El máximo tribunal le dio un plazo de 3 días al gobierno formoseño para que  provea información sobre sus mecanismos de prevención de contagio de coronavirus, lo que ha generado varias denuncias porque no respetarían los estándares de derechos básicos.

La Corte Suprema intimó al gobierno de Formosa a que en un plazo de 3 días provea información sobre determinados aspectos de sus mecanismos de prevención de contagio de coronavirus, que han generado varias denuncias porque no respetarían los derechos básicos. 

Al mismo tiempo, el máximo tribunal exhortó a la administración que conduce Gildo Insfrán a aplicar su política sanitaria  "con  arreglo  a  los  estándares  constitucionales  y  convencionales  concernientes  a  los  derechos humanos". 

La Corte ya le había propinado un revés al eterno gobernador formoseño cuando ordenó el ingreso de los residentes de esa provincia a los que no se les permitía volver a sus domicilios como medida preventiva de contagios. 

El fallo firmado por unanimidad respuesta a un recurso habeas corpus solicitado por el senador radical Luis Naidenoff, quien denunció las condiciones de alojamiento en los centros de aislamiento de la provincia. 

En 1ra instancia, la Corte le dio 3 días al gobierno provincial para que informe si:

1°)  si  el  Centro  de  Atención  Sanitaria  ubicado  en  el  “Estadio  Polideportivo  Cincuentenario”  ha  sido  desactivado  de  manera definitiva, o si se trata de una resolución condicionada a la reducción en el nivel de contagios y, en tal caso, bajo qué pautas se procedería a su reapertura; 

2°) si subsisten en actividad otros centros de internación que funcionen bajo las mismas condiciones que las referidas por  la  Fiscalía  de  Estado  de  la  Provincia  de  Formosa  respecto  del “Estadio Polideportivo Cincuentenario”; y 

3°)  sobre  los  protocolos  para  la  protección  de  derechos  humanos  que  deben  respetar  las  autoridades  provinciales  que  controlan y aplican la regulación sanitaria, incluso respecto de quienes cumplan cuarentenas domiciliarias. 

Luego exhortó al gobierno provincial a cumplir con la Constitución y la Convenciones sobre derechos humanos a la vez que envío un mensaje a los jueces, al remarcar el "deber  impostergable  que  pesa  sobre  los  tribunales  de  justicia  de  todo  el  país,  en  el  marco  de  sus  respectivas  competencias,  de brindar  efectivo  amparo  a  las  personas  cuyos  derechos  se  ven  amenazados  o han  sido ya vulnerados".

Resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en causa FRE 36/2021/2/CS1 “Petcoff Naidenoff, Luis... by Urgente24 on Scribd

"La restricción a la libertad corporal debe satisfacer exigencias de razonabilidad", sostuvo el máximo tribunal.

En ese caso se generó un conflicto de competencia entre la justicia federal y la provincial, que la Corte tiene pendiente resolver. Mientras avanzan los trámites para definir esa cuestión, el tribunal decidió intervenir. "No existe óbice para que esta Corte, antes de resolver la competencia del caso -una vez que se emita el correspondiente dictamen fiscal (...)-, adopte las medidas imprescindibles que resulten idóneas para asegurar la vigencia de los principios constitucionales y de las obligaciones internacionales asumidas por la República Argentina", afirmó.

El máximo tribunal sostuvo: "Es prioritario requerir información actualizada sobre la situación denunciada en relación a los centros de aislamiento preventivos de la provincia de Formosa y encomendar a las autoridades públicas correspondientes que lleven a cabo las gestiones necesarias para que -en el contexto de la emergencia declarada por la propagación del virus COVID-19-, sean respetados y protegidos los estándares constitucionales y convencionales concernientes a los derechos humanos".
 

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