Desde el inicio de la pandemia y mediante Decreto N° 132/20, la Dirección General de Cultura y Educación se encuentra facultada a adoptar medidas necesarias para prevenir la propagación del virus en los establecimientos a su cargo Desde el inicio de la pandemia y mediante Decreto N° 132/20, la Dirección General de Cultura y Educación se encuentra facultada a adoptar medidas necesarias para prevenir la propagación del virus en los establecimientos a su cargo
En el marco del análisis favorable de la evolución de la crisis sanitaria, a su vez, se aprobaron lineamientos educativos con medidas para una presencialidad plena cuidada en las escuelas de gestión estatal y privada.
Uso del barbijo
El uso obligatorio de tapabocas fue una de las pautas de cuidado que se incluyeron como forma de prevención, pero se dispuso que no sería obligatorio en espacios abiertos cuando oficialmente se comunicara la vacunación con al menos una dosis del 50% de la población bonaerense de entre 3 y 17 años.
Esto ocurrió finalmente este mes, aunque se mantiene el requisito de obligatoriedad para los espacios cerrados.