La norma, en caso de ser aprobada, establecerá un monto fijo que determinará el Ministerio de Seguridad de la Nación, cuyo valor no podrá superar el equivalente a cero coma veinticinco por ciento (0,25%) del sueldo básico del grado jerárquico de Oficial Principal del Escalafón General del Personal Policial de la PSA.
Ese salario de referencia, hoy en torno a los $100.000 mensuales, hace que el tope al impuesto sea en la actualidad de $250. Eso sería lo máximo que se podrá cobrar por cada pasaje, por lo cual no representa una tasa muy cuantiosa para el pasajero.
Según el texto, deberá ser “equitativa y proporcional al servicio prestado” y deberá ser abonada por los pasajeros que embarquen en vuelos internacionales, regionales y de cabotaje, de aeropuertos o aeródromos pertenecientes al Sistema Nacional de Aeropuertos de la República Argentina.
Las compañías aéreas y quienes tengan a su cargo la venta de los billetes aéreos actuarán en carácter de agentes de percepción. Los fondos recaudados se afectarán al cumplimiento de las disposiciones del Decreto N° 742/2021, aclara además el proyecto de Ley, en referencia al decreto que el año pasado fijó la forma de financiamiento y administración de la PSA y que, además, establecía la necesidad de crear esta tasa.
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