Para reforzar su posición, los jueces citan jurisprudencia de la Corte Suprema. Específicamente en el fallo "Consumidores Argentinos" en el que el máximo tribunal declaró inconstitucional el DNU que modificó la ley de entidades de seguros, al considerar que los cambios "no se traducen una decisión de tipo coyuntural destinada a paliar una supuesta situación excepcional en el sector, sino que, por el contrario, revisten el carácter de normas permanentes modificatorias de leyes del Congreso Nacional”.
Los jueces de la Sala de feria remarcaron que la Corte "de esa manera descartó la posibilidad de que se encaren modificaciones permanentes o derogaciones de leyes del Congreso en el marco de un Decreto de Necesidad y Urgencia, en tanto el dictado de medidas legislativas excepcionales por parte del poder administrador solo podría justificarse en un claro caso de emergencia, que no se advierte configurado siquiera a través de lo invocado en los propios considerandos del DNU analizado".
Por otro lado, los magistrados también reconocieron la "vulnerabilidad" de la población afectada por la reforma laboral. Señalaron que "dada su desigualdad negocial, y que se hallan en juego derechos de naturaleza alimentaria -per se o por sus derivaciones-, se encuentran configuradas las circunstancias objetivas como para considerar que los temas introducidos -por su calidad estructural y su cantidad- en el Título IV del decreto en cuestión resultan de imprescindible debate específico y decisión por el Poder Legislativo".
La CGT reclamó la inconstitucionalidad de la reforma laboral que hizo del decreto ante la justicia del Trabajo. En ese momento, el juez José Ignacio Ramonet rechazó hacer lugar a una “medida cautelar interina” contra el DNU por el solo hecho de que para ese momento no había entrado en vigencia, pero se declaró competente y le dio 3 días al Estado para que conteste el amparo.
En respuesta, la Procuración del Tesoro de la Nación, a cargo de Rodolfo Barra, hizo un planteo de inhibitoria para que la justicia en lo contencioso administrativo federal le pidiera a la laboral que se declare incompetente para intervenir en el amparo de la CGT. Y el juez Esteban Furnari siguió el pedido del Gobierno, pero en enero, durante la feria judicial, momentáneamente los expendientes cambiaron de manos. En contencioso, el juez Enrique Lavie Pico desarmó el proceso colectivo y el fuero laboral defendió su competencia para avanzar en la causa de la CGT.
Desde la Cámara del Trabajo, el 03/01, los jueces Alejadro Sudera y Andrea García Vior dictaron una medida cautelar que suspendió los cambios laborales.
Pero faltaba resolver el fondo de la cuestión. El 24/01, la jueza nacional del Trabajo Liliana Rodríguez Fernández declaró inválidos sólo 6 artículos de la reforma laboral del DNU. La decisión se dio el mismo día que la CGT y otras entidades gremiales, políticas y sociales hacían un paro nacional contra la medida.
Sobre esa decisión, apelaron la CGT y el Estado Nacional. La central obrera para hacer caer todo el capítulo. El Estado para revocar la decisión y validar la decisión del Ejecutivo. Eso fue lo que analizaron este martes el tribunal de feria de la Cámara del Trabajo. El foco de los cuestionamientos estuvo puesto en la elección de llevar adelante esta reforma a través de un DNU.
Más contenido de Urgente24
Ley Ómnibus: Desde Hacemos y UCR ya siembran dudas...
Germán Martínez: "Es gravísimo lo que preanuncia Massot"
Javier Milei y la no coparticipación del Impuesto PAIS
DNU: Confirman rechazo a planteos de inconstitucionalidad (van a la Corte)