Es más, según el hombre no firmó ningún acta, lo que no condice con el acta circunstancial del procedimiento y el informe técnico automotor rellenado por los funcionario de Gendarmería.
¿Si no hubo testigos de las supuestas irregularidades en los camiones, qué pretendian cubrir? ¿o sólo efectuaron esa artimaña para agilizar su trabajo?
La Fiscalía comenzó la investigación formal en el 2017 e imputó a los tres gendarmes por incumplimiento en los deberes de funcionario público. Recién en el 2021, el juez los procesó sin prisión preventiva y ahora rechazó el pago de dinero en perjucio.
El juez sostuvo que a pesar de la operatividad de la aplicación de la normativa (la cual habilita la solución del conflicto a través de un acuerdo de reparación entre partes) al ser funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones no era aplicable en este caso.
De igual forma, el magistrado planteó que frente a lo esbozado de las partes por la inaplicabilidad del artículo 30 del Código Penal Federal –indemnización para reparación de daño y que no se puede prescindir ni total ni parcialmente del ejercicio de la acción penal si el imputado fuera funcionario público– ello forma criterio sobre el espíritu de la norma y sobre los límites de aplicación.
“Cabe advertir que, no obstante la plena operatividad del artículo 59 inciso 6, que permite la solución alternativa del conflicto, existen ciertos límites a su aplicación, tal el caso de que los hechos imputados tengan una implicancia mucho mayor que afecta un interés supraindividual y que no hacen mérito suficiente para una resolución rápida del conflicto”, aclaró Ávalos.
Al respecto, dijo que “en los delitos cometidos en contra de la administración pública se afectan bienes jurídicos supraindividuales, que son aquellos que tienen que ver con el funcionamiento mismo del sistema jurídico, contemplando ya no al individuo ni a un grupo de ellos, sino al Estado o la sociedad en su totalidad”.
En ese sentido, mencionó que la jurisprudencia sostiene que:
Al tratarse de un daño a la administración pública sancionado con prisión, los fines del proceso penal no se ven plenamente satisfechos con el pago de dinero Al tratarse de un daño a la administración pública sancionado con prisión, los fines del proceso penal no se ven plenamente satisfechos con el pago de dinero
El camarista Sánchez Torres coincidió con Ávalos y resaltó que en el caso de los gendarmes debía tenerse presente su actuación ilegal, la defraudación de las expectativas sociales seguridad e integridad de los agentes y la afectación de bienes jurídicos colectivos.
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