-Fijar como horario de prohibición de 23 a 5 de la mañana.
-Establecer un piso mínimo de contagio para decidir excepciones solicitadas por los gobernadores que tendrán variaciones dependiendo de las zonas y la influencia de los contagios.
-Apelar a la figura del artículo 205 del Código Penal.
-Denunciar a los infractores ante la justicia.
-Secuestro de vehículos y multas por parte de las fuerzas de seguridad.
Cabe recordar que la figura legal está dentro del Capítulo IV del Título VII del Código Penal que tipifica los delitos contra la salud pública, y establece: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.
La medida que se anunciaría esta tarde podría estar publicada también al mismo momento en el Boletín Oficial y es producto de la reunión que el miércoles (6/1) el Presidente mantuvo por videoconferencia con los gobernadores de todas las provincias y el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodriguez Larreta.
El auncio Según fuentes oficiales, el Presidente y los ministros que lo acompañaron propusieron otras medidas, como "acotar" viajes al exterior y exigir el test PCR a quienes llegan vía aérea a alguna provincia. También limitar a diez el número de personas en reuniones y restringir nuevamente el uso de transporte público a trabajadores esenciales.
El toque de queda sanitario podría incluir también acotar a 10 el número de personas en reuniones; restringir nuevamente el uso de transporte público a trabajadores esenciales; acotar viajes al exterior y exigir test PCR en el momento en que una persona arribe a una provincia (en especial los destinos en los que hay mayor números de casos).