La decisión de esa Corte, con sede en Ginebra, había establecido los términos del Laudo, el 18 de febrero de 1977 y ratificado por la Reina Isabel. Fue comunicado al embajador argentino en Londres 2/5/77.
Este Laudo fue declarado nulo, debido a motivos de diversa índole: las Islas Picton, Nueva y Lenox y sus islotes adyacentes, habían sido declarados de jurisdicción chilena delimitadas dentro del área conocida como "del martillo". La Corte había decidido el fallo en base al factor posesión, desconociendo el argumento oceánico, o sea el principio Atlántico -Pacífico sustentado por Argentina, por el cual el primero era para ésta y el Pacífico para Chile.
El gobierno militar comandado por Rafael Videla, rechazó esta decisión y, en 1978, el conflicto se agudizó hasta llegar a plantearse la posibilidad de un enfrentamiento armado por ambos países, en el cual tanto Augusto Pinochet como Videla estaban de acuerdo.
El 8 de enero de 1979, la Argentina y Chile firmaron el Acta de Montevideo, que sometía el entredicho a la mediación del Papa. Finalmente, la propuesta papal, conocida a través del cardenal Antonio Samoré, se dio a conocer el 12 de diciembre de 1980.
El acuerdo de Montevideo reconocía la soberanía de Chile en la región del canal de Beagle pero establecía el cabo de Hornos como línea divisoria de las jurisdicciones de cada uno de los países sobre ambos océanos.
Así quedaba expresamente determinado que la República Argentina tenía completa jurisdicción sobre las costas que daban al Océano Atlántico y Chile completa jurisdicción sobre el Océano Pacífico.
Videla no se pronunció ni a favor ni en contra de esta solución y en 1984, el gobierno democrático de Raúl Alfonsín ratificó el acuerdo alcanzado. Hubo una consulta popular no vinculante, en la que el "sí" al Tratado Permanente de Paz y Amistad se impuso por un amplio margen de votos.
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