No podemos olvidar que la misma transferencia del monopolio de escuchas a la Corte por parte del Ejecutivo estuvo a su vez signada por una serie de irregularidades, que fueron oportunamente señaladas por la ICCSI y desarrolladas en un relevamiento realizado por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC).
Como parte del repaso de los diferentes hitos que permiten ilustrar la historia de parches -o paliativos- referidos más arriba, debemos mencionar la vuelta al oscurantismo que implicó el decreto 656/2016, que derogó en casi su totalidad al Decreto 1311/2015, que pretendía instaurar una nueva doctrina de inteligencia nacional.
Sin dejar de lado, claro está, que el Decreto 1.311/2015, a pesar de sus avances, venía a reglamentar la Ley 27.126 de Inteligencia Nacional. Esta ley fue una apresurada e inconsulta reacción al escándalo generado por el grave conflicto interno dentro de la entonces Secretaría de Inteligencia, contemporáneo al aún más grave suceso del fallecimiento del fiscal Alberto Nisman. Las deficiencias en la promulgación de esta ley fueron puestas de resalto oportunamente por varias organizaciones de la sociedad civil.
Anterior a esto, y como corolario de esta breve reseña, solo mencionaremos el informe elaborado por ADC, titulado el “(des)control democrático de los organismos de inteligencia en Argentina”, que daba cuenta ya por enero de 2015 de los intentos fracasados por controlar de modo eficiente el lado más oscuro y opaco del Estado.
La sucinta descripción de alguno de los hitos de esta saga de cuestionables acciones paliativas tiene como finalidad advertir que el proyecto de ley para la regulación de las escuchas, tal y como se propone ser tratado en el recinto -aparentemente en los próximos días- lejos de ser una solución sólida, efectiva y legítima, por el contrario, viene a convalidar las deficiencias de un sistema que sigue reflejando uno de los peores aspectos de nuestro país.
Esperamos que los legisladores eviten este avance, y de una vez por todas se propongan la conformación de una verdadera voluntad política capaz de dar a la Argentina servicios de inteligencia profesionales, bajo el control de los tres poderes del Estado y estrictamente limitados en su accionar a las necesidades reales de la defensa nacional y la seguridad de la Nación.