Asimismo, se moderó la actuación del Servicio Penitenciario, que de acuerdo con el nuevo proyecto seguirá funcionando como auxiliar del juez de ejecución, pero sus informes no serán determinantes para el otorgamiento o no de salidas anticipadas, como proponía la reforma. Otro de los cambios introducidos es que la víctima tendrá participación en toda la cuestión vinculada con el régimen de progresividad de la pena, ya que podrá controlar su ejecución por parte del juez y proponer informes o peritos.
También excluye de las salidas transitorias a quienes posean una causa abierta y a los reincidentes. El proyecto indica que el desempeño del condenado en actividades que realice mientras cumpla su pena debe ser registrado e informado para su evaluación, lo que resultará relevante a la hora de recibir algún beneficio de libertad anticipada. Los delincuentes, al ingresar al establecimiento correccional, deberán ser evaluados psicológicamente para individualizar el tratamiento que deben seguir en la cárcel.