ver más
podcast 7_hugo haime-336 cele

Hay Ley de Abastecimiento: Rumores de cercanos conflictos

El Poder Ejecutivo promulgó hoy el paquete de leyes que la oposición bautizó como "de desabastecimiento". Con la publicación en el Boletín Oficial, el kirchnerismo reglamentó la ley de Regulación de las Relaciones de Producción y Consumo, que incluyó la modificación de la vieja legislación de Abastecimiento. También reglamentó la creación de un Observatorio de Precios y la puesta en marcha de un fuero en la justicia federal. Todos los decretos llevan las firmas de la presidente Cristina Kirchner, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, el ministro de Economía, Axel Kicillof, y el ministro de Justicia, Julio Alak.
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). Con la publicación en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo puso en vigencia la nueva norma. También reglamentó la creación de un Observatorio de Precios y la puesta en marcha de un fuero en la justicia federal. El denominado G-6 ya está trabajando para presentarse ante la Justicia, para impedir su aplicación.
 
La autoridad de aplicación designada por el Ejecutivo puede "intervenir en estados previos de la cadena de valor, sin contacto directo con el consumidor, fijando márgenes de utilidad, precios de referencia, así como niveles máximos y mínimos de precios".
 
--------------------
 
Ley 26.991 - NUEVA REGULACION DE LAS RELACIONES DE PRODUCCION Y CONSUMO
 
Ley 26.992 - BIENES Y SERVICIOS
 
Ley 26.993 - SISTEMA DE RESOLUCION DE CONFLICTOS EN LAS RELACIONES DE CONSUMO
 
 
--------------------
 
En caso de que la autoridad de Aplicación intervenga en la producción y de ello se origine un perjuicio económico de una empresa habrá el pago de una compensación "justa y oportuna".
 
Finalmente, se excluyó a las micro, pequeñas y medianas empresas del alcance de la Ley "siempre que no detenten una posición dominante en el mercado".
 
La autoridad de aplicación deberá requerir "previamente autorización judicial" para aplicar sanciones como la "inhabilitación especial" o la "clausura temporal".
 
La autoridad de aplicación podrá imponer una clausura inmediata de hasta 3 días, sin embargo, si quisiera extender esa sanción por hasta un mes, también deberá pedir permiso a la autoridad judicial.
 
Se consideró "inconveniente" obligar a las empresas a difundir sus costos y ganancias, pero no las exceptúa de brindar esa información a la Secretaría de Comercio que la mantendrá en secreto.
 
El Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios será un organismo técnico para asistir a la Secretaría de Comercio en el monitoreo, relevamiento y sistematización de precios y la disponibilidad de insumos, bienes y servicios comercializados y prestados en el país.
 

Más Leídas

Seguí Leyendo