En su declaración una de las personas imputadas adujo que el viaje intentado era por el festejo de sus “bodas de plata” y el dinero correspondía a ahorros de ella, destinados a regalarle un reloj marca “Rolex” a su marido.
También dijo que el otro acusado desconocía la existencia de ese dinero y que ella no tenía idea de que existiera una prohibición legal de exportar esa suma.
Sin embargo, un informe realizado desde la Dirección de Análisis de la UIF determinó que entre 1992 y 2011 la pareja había efectuado cerca de 600 viajes internacionales, de lo que se desprende que ambos conocían la legislación vigente.
Además se pudo saber que muchos de los viajes realizados, sobre todo a países limítrofes, fueron por lapsos de horas e incluso minutos, dejando serias dudas sobre el objetivo de esos viajes.
Por todo ello, la UIF sostuvo que ambos imputados actuaron con dolo directo y requirió la elevación a juicio por el delito previsto en el art. 864 inciso “d” del Código Aduanero, en función del Art. 871 del mismo cuerpo legal y de lo dispuesto por el art. 7° del Decreto N° 1570/2001 – modificado por el art. 3° del Decreto N° 1606/2001 – y por la Resolución de AFIP N° 2705/2009.
En forma paralela al cierre de la instrucción, el juez hizo lugar al pedido de la UIF, querellante en la causa, de llamar a los imputados a que amplíen su declaración indagatoria por el delito de Lavado de Activos, toda vez que no cuentan con ingresos suficientes para justificar sus bienes. Las audiencias fueron fijadas para el día 2 de julio de 2014.
Indagatoria
A su vez, en fecha 02/09/2013 la Unidad de Información Financiera, en su calidad de parte querellante, solicitó se llamara a prestar declaración indagatoria a directivos y empleados de la sucursal Argentina del BNP Paribas.
La cuestión fue su participación en las múltiples operaciones de lavado de activos realizadas desde aproximadamente el año 2000 al 2008.
Por su parte, y de manera simultánea, la Fiscalía de Instrucción Nº 49, actuante en la causa junto a la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) realizaron el mismo pedido al juez Osvaldo Daniel Rappa, instructor de la presente causa, quien un día después, rechazó la solicitud formulada.
Ante esto, el Ministerio Público Fiscal, presentó recurso de apelación al cualla UIF adhirió, por considerar arbitraria la resolución del a-quo.
La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional el día 29/10/2013 resolvió revocar parcialmente la resolución dictada por el Juzgado en lo Criminal de Instrucción Nº 35, ordenando se llamara a prestar declaración indagatoria a 22 personas, entre directivos y empleados del BNP Paribas Argentina, de las 24 solicitadas por la UIF y el Ministerio Público.
Con fecha 05/05/2014, el a-quo dispuso fijar las fechas para las audiencias de indagatoria, habiéndose realizado la primera el día 01/07/2014, a la que estaban citados a declarar 2 de los integrantes de la nombrada Banca Privada.
Los restantes imputados de nacionalidad argentina serán indagados los próximos días de este mes, precisamente el 2, 3, 4, 7, 8, 10, 11 y 14 de Julio, mientras que los 4 restantes de nacionalidad francesa, del día 1 al 5 de septiembre.