En los próximos días tendrá lugar la primera reunión formal del Consejo Consultivode cámaras empresarias y consejos profesionales con funcionarios de la AFIP, y se espera que haya una resolución definitiva sobre la cuestión.
De todos modos, los empresarios cerraron el año 2013 el pasado 28 de febrero sin que hubiera una resolución o instrucción formal de la AFIP que les indicara cómo actuar al respecto, y ya no serán los encargados de devolver lo retenido de más a los empleados, sino que éstos deberían inscribirse en la AFIP para reclamar las sumas involucradas, dijo el matutino.
Esos montos podrán ser aplicados a cancelar otros impuestos, como Ganancias de otras categorías (tenencia de participaciones societarias o intereses por préstamos, por ejemplo) o Bienes Personales. Pero no sirven para el Monotributo.
En caso de no contar con esa posibilidad, los trabajadores podrán iniciar un trámite que se conoce como “acción de repetición” para que la AFIP sea la que le devuelve directamente lo tributado de más.
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Ese exceso de tributación surge, para los salarios inferiores a $ 15.000, de que la posibilidad de no pagar Impuesto a las Ganancias a partir de septiembre se da mediante el mecanismo de declarar “exentas” a las rentas que se generan.
Esto significa que durante los meses de septiembre a diciembre no se aplicó el mínimo no imponible que correspondía al anualizar la liquidación de Ganancias, y ese monto no utilizado queda como saldo a favor, explicó el Cronista.