*** Tres años para CIE
El multimedio mexicano CIE y el Comité Federal de Radiodifusión (COMFER) firmaron un convenio, mediante el cual la corporación azteca se compromete a desprenderse de las radios que explota en un plazo de tres años.
Así, el organismo oficial dejó sin efecto los sumarios iniciados el año pasado, debido a que el grupo posee más de siete emisoras en una misma región (la Ciudad de Buenos Aires), algo prohibido por la ley de Radiodifusión, pues establece que ningún operador podrá poseer más de dos estaciones en una misma zona.
Sin embargo, en el documento no se detallan cuáles de las emisoras (Rock & Pop, América, Aspen, FM Blue, La Metro y San Isidro Labrador) que aún conserva el gigante mexicano, cederá.
A principios del 2003, la firma CIE fue denunciada por un ex presidente del grupo -el empresario artístico Daniel Grinbank- quien presentó a la justicia algunas operaciones "sospechosas" de la corporación, tal como una supuesto pago por $8.500.000 a una sociedad efímera, con sede en Panamá.
*** Parcialmente inconstitucional la ley de cinematografía
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró la inconstitucionalidad del primer párrafo del artículo1º de la ley Nacional de Cinematografía (nº 23.076). De esta manera, le dio parcialmente la razón a la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), que argumentó que la legislación violaba la autonomía de la Ciudad.
En septiembre del año pasado, la organización no gubernamental promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículo 1º, 4° y 14 de la Ley 23.076 y del artículo 4º del Decreto 3889/84, informa RT-A.
En la demanda se sostuvo que las normas impugnadas eran ilegales porque afectaban la libertad de la Ciudad de Buenos Aires en tanto reconocían a un organismo nacional –el Instituto Nacional de Cinematografía- facultades de aplicación de aquellas; violaban el principio de legalidad en materia represiva y configuraban un supuesto de censura previa no autorizado por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El 15 de Julio de este año la Justicia resolvió hacer lugar parcialmente a la demanda planteada por la ADC. Así declaró la inconstitucionalidad del primer párrafo del artículo 1º, que establecía: "El Poder Ejecutivo reglamentará esta disposición estableciendo sanciones que no superen los treinta días de clausura del local y los quinientos mil pesos argentinos de multa para los distribuidores y exhibidores que no cumplieran con las obligaciones impuestas en relación a las calificaciones que correspondan al Instituto Nacional de Cinematografía y rechazar la demanda en lo restante". Consideró que la disposición era contraria al artículo 84 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, pues esta prohíbe la delegación en materia legislativa.
El juez Julio Maier expresó en el fallo: "La experiencia demuestra que el traspaso de competencias requiere del ejercicio de prudencia política: la labor de este tribunal no es la de entorpecer ese ejercicio, sino la de señalar las bases constitucionales para su correcta realización."
Por su parte, la ADC informó que está evaluando la posibilidad de interponer un recurso extraordinario federal, para insistir con el resto de los apartados, que no obtuvieron una resolución favorable.
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Información de RT-A