Y ella presentó una certificación médica por 15 días y fue subrogada por el fiscal de Flagrancia de 9º Turno, Fernando Romano.
La certificación médica que presentó Fossati se extendía hasta el 19/03.
Sin embargo, la fiscal Gabriela Fossati se comunicó este sábado 11/03 con el fiscal de Corte, Juan Gómez, para transmitirle que estaba en condiciones de reintegrarse en sus funciones antes de tiempo.
Controversia
La vuelta de la fiscal ocurre antes de la audiencia del jueves 16/03 en la que el fiscal Fernando Romano, que estaba suplantando a Fossati, debía expedirse, por orden del juez, respecto de los hechos por los que se investiga al exdirector de Convivencia y Seguridad Ciudadana, Gustavo Leal, o solicitar el archivo de la investigación.
En la audiencia, que tuvo lugar el viernes 10/03, la defensa del dirigente frenteamplista solicitó a la Fiscalía que explique los motivos por los cuales Leal está siendo investigado, dado que en 3 instancias anteriores Fossati se negó a informar los hechos.
El fiscal subrogante y la fiscal adscripta de 12º turno, Gloria Nicolini, dijeron en esa instancia que no estaban en condiciones de brindar una respuesta y apareció el tema de una prórroga para expedirse, que también solicitaba el abogado de Leal, Diego Camaño.
Según la web LaDiaria.com.uy, Fossati no se comunicó antes de la audiencia ni con el fiscal Romano ni con el equipo de Fiscalía y unas horas después, a última hora del viernes envió un mensaje al fiscal de Corte y al fiscal Romano, en el que les advertía que el tema de Leal recién estaba comenzando.
Fossati reiteró a Romano su convicción de que en la etapa preliminar de la investigación, previo a la formalización del proceso, no es necesario informarle al investigado los hechos por los que está siendo investigado.
Ante esa situación, Romano advirtió que recién tomaría la decisión sobre el archivo o la formalización del proceso por el delito de encubrimiento de Leal en la audiencia fijada para el jueves 16/03, y le recordó que ella estaba habilitada para retomar la causa cuando estuviera en condiciones.
El regreso
Luego de esa comunicación fue que Fossati le informó al fiscal de Corte subrogante, Juan Gómez que regresaría al mando de la fiscalía de flagrancia de 12° turno.
Fuentes de la Fiscalía señalaron que en ningún momento existió por parte de Romano o de Gómez un pedido para que ella regresara a la causa y expresaron su sorpresa por la decisión de la fiscal.
Romano aseguró en declaraciones al programa 'Doble Click', de radio Del Sol, que mientras Fossati permaneciera de licencia médica no podía "hacer mucho", porque "lo que haga puede perjudicar a la causa" que ha sido investigada por su colega durante meses y "hay que respetar el trabajo" hecho hasta el momento. Además, indicó que se trata de una causa que no está "priorizando".
El actual Código de Proceso Penal plantea 2 estatus legales para ser convocado por la Fiscalía o ante un juez, como testigo o como imputado, recordó LaDiaria.com.uy.
Ser convocado como imputado por la Fiscalía, no implica que la Justicia haya formalizado el proceso -tal como ocurre en el caso de Leal- pero da al investigado todas las garantías y derechos de un imputado.
El ítem C del Artículo 64 establece que el imputado tiene derecho a “que se le informe de manera específica y clara acerca de los hechos que se le imputan y los derechos que le otorgan la Constitución de la República y las leyes”.
La vez anterior que Leal fue a declarar ante la Fiscalía, Fossati le informó que lo estaba investigando por un delito de encubrimiento, pero se negó a informarle por qué hechos se lo estaba investigando.
Durante el interrogatorio, que fue interrumpido por falta de garantías, Fossati consultó sobre la reunión que mantuvo con el padre de Astesiano en Brasil.
El artículo 197 del Código Penal, que define el delito de encubrimiento, prevé penas de entre 3 meses y 10 años de penitenciaría para quien “después de haberse cometido un delito y sin concierto previo a su ejecución con los autores, coautores o cómplices (...) los ayudaren a asegurar el beneficio o el resultado del delito, a estorbar las investigaciones de las autoridades, a sustraerse a la persecución de la justicia o a eludir su castigo (...)”.
Fossati tampoco informó qué delito precedente está relacionado con el de encubrimiento.
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