La entidad financiera debe informar el monto acumulado de los depósitos a plazo fijo cuando sea igual o superior a $200.000. Este monto de $200.000 es mensual e incluye todo tipo de acreditación. Es decir que la norma rige también para cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales.
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Frente a esta disposición, las entidades financieras deben dar cuenta a la AFIP de los movimientos cuando el monto total acumulado de las acreditaciones o extracciones mensuales en moneda argentina o extranjera resulte igual o superior a $200.000. Además deberán informar los saldos de las cuentas alcanzadas por la norma que al último día hábil del período mensual informado, resulten iguales o superiores en el mes (en valores absolutos) a $ 200.000.
Asimismo, subió a $120.000 el piso para que esas mismas entidades comuniquen a la AFIP sobre los consumos realizados con tarjetas de débito.
Por lo pronto, si tu plazo fijo supera estos límites, lo más importante es justificar tus ingresos con un bono de sueldo, monotributo o un documento emitido por un contador que declare tus ingresos para no ser multado por el ente recaudador.
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