Qué presentar si la ARCA me investiga
ARCA puede pedir ciertos documentos para respaldar las transferencias. Se recomienda tener a disposición la siguiente documentación:
- Boletas de compra y venta.
- Documentos que acrediten la venta de acciones o una empresa.
- Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.
- Facturas de los últimos meses.
- Constancia de monotributo.
- Certificado de fondos emitido por un contador público.
ARCA: cuál es el dato obligatorio que solicitará la ex AFIP en las transferencias de Mercado Pago
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) regula los límites económicos para transferencias y compras realizadas a través de billeteras virtuales, como Mercado Pago. Estos límites están diseñados para garantizar la transparencia en el manejo de fondos y evitar actividades ilícitas, estableciendo requisitos específicos cuando se superan ciertos umbrales.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) establece diferentes topes para transferencias de dinero dependiendo del método utilizado.
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Home Banking: Se permite transferir hasta $250.000 sin necesidad de justificación adicional.
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Sucursal bancaria o cajero automático: El límite es de $125.000.
En caso de que el monto a transferir supere estos valores, es obligatorio utilizar métodos tradicionales, como transferencias programadas, lo que genera un plazo de demora de al menos un día hábil. Además, es necesario informar al banco para justificar la operación y cumplir con las normativas.
La billetera virtual que ARCA no controlará nunca desde el 2025
ARCA: Límite para compras con billeteras virtuales
En cuanto a las compras realizadas con plataformas como Mercado Pago, el límite económico establecido es de $400.000. Si una transacción supera este monto, ARCA tiene facultades para investigar la procedencia de los fondos utilizados. Esto aplica no solo a Mercado Pago, sino también a otras billeteras virtuales.
Cuando se exceden los montos permitidos, ARCA exige que los usuarios justifiquen la procedencia del dinero. Para ello, las billeteras virtuales tienen la obligación de compartir con el organismo información detallada sobre las cuentas implicadas. Entre los datos que deben proporcionarse se incluyen:
- Tipo y número de cuenta.
- Clave Virtual Uniforme (CVU).
- Identificación de los titulares y otros involucrados en las transacciones.
- Cantidad de cuentas relacionadas con el usuario.
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