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Postergan para junio el pago del retroactivo por devolución de Ganancias

Con los cambios aprobados en el Congreso se esperaba que el reintegro fuera entre fines de abril y principios de mayo pero, como falta la reglamentación del Poder Ejecutivo, pasará a abonarse entre fines de mayo y principios de junio.

 Aún con las afirmaciones del Presidente de la Nación Alberto Fernández la Ley 27.617 sancionada en abril que reforma el Impuesto a las Ganancias, y el monto que los asalariados que dejaron de estar alcanzados por el impuesto debían cobrar a principios de mayo por efecto retroactivo, pasará a cobrarse en junio. 

Vale recordar que tras muchas idas y vueltas la modificación hará que las personas que cobran un salario bruto inferior a $150.000 dejen de pagar el impuesto a las Ganancias, por lo que pasarán a tributar solo 7 de cada 100 empleados en relación de dependencia. Hasta la actualidad los trabajadores con un sueldo bruto superior a $74.810 debían abonarlo.

Como los cambios regirán desde el primero de enero se devolverá por efecto retroactivo lo que se descontara en los primeros meses del año. Esa devolución se esperaba que fuera entre fines de abril y principios de mayo pero como falta la reglamentación del Poder Ejecutivo pasará a abonarse entre fines de mayo y principios de junio. 

De esta manera, una vez que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el ministerio de Economía reglamenten la norma, los asalariados cobrarán lo que se les haya retenido durante enero, febrero, marzo y abril. 

Según los cálculos oficiales, se volcarán a la economía entre $ 10.000 y $ 15.000 millones que las empresas retuvieron y deberán reintegrar y el Gobierno nacional estima que se destinarán a consumo. 

Aunque tributaristas advierten que la AFIP podría disponer del pago en cuotas, fuentes del equipo que redactó la reforma explicaron al sitio de noticias "El Cronista" que "la devolución se hará en un pago, en el primer recibo de sueldo posterior a que se reglamente la norma". 

Además, un punto fundamental que depende de la reglamentación del Poder Ejecutivo es lo que sucederá con los trabajadores superen los $150.001, es decir, que estén levemente por encima del límite. Quienes cobren más de $150.000 brutos por la regresividad de la reforma se iban a ver obligados a empezar a pagar el impuesto desde las alícuotas más elevadas, exactamente un 27%. 

Sin embargo, durante el debate en el Parlamento se modificó el proyecto para que quienes cobren entre $150.000 y $173.000 brutos ($ 143.500 netos) tengan un mecanismo gradual y progresivo que lo definirá el Poder Ejecutivo.
 

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