Uno de los motivos por los cuales el sueldo de un trabajador se va ajustando anualmente, al menos en la Argentina, es para compensar la pérdida de poder adquisitivo generada por el aumento del nivel general de precios. Esto modifica el valor sobre el cual se calculan los impuestos, algo que a priori no generaría distorsiones si al mismo tiempo se ajustaran también los parámetros de liquidación. En el caso de Ganancias esto no ha ocurrido.
Por un lado, los mínimos y deducciones no se ajustaron en el 2012 respecto de los valores del 2011. Lo que se hizo en cambio fue otorgar un "premio consuelo" que consistió en excluir de la base imponible del impuesto la segunda cuota del SAC. Según cálculos del Iaraf esto equivale aproximadamente a un 3,85% del total de los ingresos anuales de un trabajador.
Esta medida no fue más que un anticipo del debate que finalmente tuvo lugar en los primeros meses de este año cuando se determinó un incremento del 20% en el mínimo no imponible, pero vigente recién a partir de marzo. En consecuencia, de no mediar otro tipo de ajuste hasta diciembre, la variación real sería tan sólo del 16,67%.
Otro aspecto muy importante que los distintos gobiernos prácticamente no ponen sobre la mesa de negociación son los tramos de la escala de cálculo del impuesto, los cuales han permanecido, desde el 2001, sin modificarse. De esta manera, un mismo ingreso real, representado año a año por salarios nominales mayores, queda alcanzado por tasas legales cada vez más altas.
Cuando se consideran todos estos factores (inflación, aumentos salariales y falta de adecuación de los parámetros de determinación del impuesto –o menores al crecimiento de los salarios nominales–) actuando al mismo tiempo, los resultados son conocidos.
Por un lado, cada vez más personas deben tributar y, por otro, que tanto los trabajadores dependientes como los independientes (pequeños comerciantes y productores agropecuarios, profesionales, etc.) ven que las retenciones que se les comienzan a efectuar por Ganancias representan cada año porcentajes crecientes de sus remuneraciones. La situación de los que integran el segundo grupo se agrava aún más por el hecho de que los mínimos y deducciones son menores.
Ahora bien, ¿cuánto es el aumento en la presión tributaria que deben soportar las personas físicas?
En un reciente informe del Iaraf, se muestra cómo varió la tasa efectiva (*) entre el 2011 y 2013 para el caso de un trabajador casado, con dos hijos, cuyo salario representa el único ingreso familiar.
Para ello se parte del supuesto de diferentes niveles de ingreso, los cuales se incrementan anualmente un 24% (ver infograma). Así, una persona que en el 2011 ganaba $ 8.000 mensuales netos, en el 2013 recibe $ 12.300.
Luego se calculan las tasas efectivas afrontadas por el tipo de trabajador y los respectivos ingresos mensuales definido para este ejercicio algebraico, donde la única variable es la remuneración. Las cifras evidencian claramente lo expuesto al inicio del presente artículo: una persona que no pagaba en el 2011 comenzó a hacerlo y los demás niveles registraron importantes aumentos en la tasa efectiva.
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Pero lo más preocupante es que las variaciones son más significativas en los niveles de ingreso más bajos. Esto es un indicativo de la pérdida de progresividad del impuesto a las Ganancias, cuando en realidad debiera ocurrir lo contrario.
El aumento en la presión tributaria sobre los trabajadores llevó a un incremento de su obligación impositiva en un porcentaje superior a la suba salarial obtenida y en consecuencia han debido destinar parte de ese aumento a este fin. ¿Cuánto fue lo que ha tenido que resignar un matrimonio con dos hijos y un único ingreso durante el 2012?
El informe elaborado por el Iaraf puntualiza que el porcentaje del aumento salarial de ese año que tuvo que aplicarse al pago del incremento adicional del impuesto varía entre un 5,8 y un 15,6%, dependiendo del nivel de ingreso (ver infograma). Como ya se mencionó, los segmentos más castigados son los inferiores.
Para el 2013 estos porcentajes se ubicarían unos escalones más arriba, entre el 10,7% y el 17,1%.
La mecánica de liquidación de las retenciones de Ganancias implica que los mayores descuentos se den en los meses en que los trabajadores perciben el SAC, lo cual coincide con un período donde las familias deben afrontar un nivel de gasto más elevado. Por ello, durante junio y julio se evidenció la real magnitud del aumento de la presión tributaria, dado que a una porción importante del SAC se la devora el Estado para hacer frente a sus necesidades de caja.
En orden a cuantificar este "robo" a partir del aumento en la tasa efectiva, el Iaraf estimó el porcentaje del aguinaldo que se transfirió a las arcas del gobierno. En el último cuadro se puede ver que el impuesto adicional varía entre los 6.177 y 20.756 pesos.
(*) Se entiende por presión tributaria la tasa efectiva real del impuesto, que se obtiene del cociente entre el monto a pagar del gravamen y el ingreso total del contribuyente (neto de aportes y contribuciones).