Asimismo la iniciativa opositora establece que los resultados provenientes de operaciones de compraventa, cambio, permuta o disposición de: acciones, títulos, bonos y demás títulos valores; siempre que sean obtenidos por personas físicas y sucesiones indivisas, y cuando las rentas anualizadas sobre capital invertido sean superiores al 20%. Quedan incluidas en este inciso las operaciones con acciones que no coticen en bolsas o mercados de valores. A este fin se considera ganancia al excedente por sobre el 20% de la renta anualizada.”
Respecto del Impuesto a las Ganancias sobre el salario se establece que "Del trabajo personal ejecutado en relación de dependencia, y del desempeño de cargos públicos y de la percepción de gastos protocolares, siempre que excedan un monto equivalente a 4 (cuatro) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil fijado para los trabajadores activos por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. También De las jubilaciones y pensiones que superen el haber máximo establecido por el artículo 9 de la Ley 26.417".
Los retiros y los subsidios de cualquier especie en los casos en que se originen en el trabajo personal, asi como también el trabajo producto del ejercicio de profesiones liberales u oficios, de funciones de albacea, síndico, mandatario, gestor de negocios, director de sociedades anónimas, fideicomisario y de los consejeros de las sociedades cooperativas, tampoco deberáin ser alcanzados por el impuestos a las ganancias.