La resolución afirma que los organismos competentes en el caso deberán firmar convenios con la AFIP por este tema y deberá utilizar el aplicativo de la declaración jurada y también podrá solicitar la inclusión de datos complementarios, según la agencia DYN.
En cuanto a los recursos informáticos, la AFIP y el organismo pertinente "se obligan a garantizar la no intrusión de terceros no autorizados en los servicios que se acuerden" y la dependencia proveedora "no será responsable por las medidas de seguridad que adopte el organismo requirente a los fines de la implementación y ejecución de los servicios que se acuerden y viceversa".
De esta manera el organismo que maneja Echegaray salió al cruce de los formularios que mandó en paralelo a las empresas el secretario de Comercio, Guillermo Moreno.
"Asimismo, ninguna de las Partes asumirá responsabilidad frente a la otra o frente a terceros, en caso que los sistemas a los que se accede presenten defectos, no solamente en relación con el "software" que se interconecte en forma directa sino también respecto de otros sistemas, incluyendo el software de base", se aclara en la resolución.
También se advierte que "las Partes se obligan a conservar y a hacer conservar la confidencialidad sobre cualquiera de los aspectos de los que puedan tomar conocimiento en aplicación del presente Convenio, obligación que continuará vigente luego de la extinción del vínculo contractual. La información a intercambiar en virtud del presente Convenio sólo podrá ser entregada a los funcionarios públicos que se encuentren autorizados".
"Los datos personales que las Partes intercambien serán transferidos de manera directa y serán los necesarios y pertinentes para el cumplimiento de los cometidos asignados por el ordenamiento jurídico vigente", añade la resolución.