Los abogados sostuvieron que "se violó la garantía del juez natural, pues los magistrados actuantes, tanto en la etapa sumarial como en la instancia oral, evidenciaron una ostensible falta de independencia e imparcialidad frente al caso y las partes". De hecho denunciaron que los jueces "asumieron una posición acusatoria que no se condice con el rol ecuánime y equidistante que debe guiar la labor jurisdiccional".
Siguiendo por la misma línea, Beraldi y Llernovoy señalaron además que en el juicio "se violó el deber de objetividad del Ministerio Público Fiscal, en tanto sus representantes actuaron guiados por finalidades que nada tienen que ver con el recto servicio de administración de justicia y la aplicación de la ley".
Los letrados argumentaron por otro lado que "se violó sistemáticamente el derecho de defensa en juicio, en particular, pues la mayoría de las pruebas de descargo ofrecidas por esta defensa fueron rechazadas y se fundó un reproche penal en orden a presuntos hechos y pruebas que nunca habían sido debatidos en el juicio, en abierta vulneración al principio de congruencia".
También remarcaron que "se violó el principio de inocencia, ya que a partir de múltiples inferencias de cargo, sin prueba alguna y no obstante haberse acreditado en a lo largo del juicio la absoluta inocencia de Cristina Fernández de Kirchner en orden a los hechos investigados, terminó siendo injustamente condenada".
Otra supuesta irregularidad destacada por los abogados fue que "se violó el principio de culpabilidad" al dictarse "una injusta condena" fundada "en hechos ajenos, que ni remotamente le pueden ser reprochados, ya sea por una actuación activa u omisiva".
La fiscalía
Por su parte, el fiscal Luciani pidió que se agrave la condena de la exPresidente por el delito de asociación ilícita, por el que en el juicio fue absuelta. También que por ese delito sean condenados, el resto de los condenados, entre ellos el empresario Lázaro Báez y el exsecretario de Obras Públicas José López.
“La contundente sentencia del Tribunal mostró de manera palmaria el acto de corrupción más grave de la historia de nuestro país desde el advenimiento de la democracia. Y esto lo decimos con profundo pesar porque, lamentablemente, es una realidad indiscutible”, señaló Luciani en su presentación y agregó que no entiende por qué no se condenó por asociación ilícita.
“No lo entendemos porque las gravísimas circunstancias fácticas comprobadas por el Tribunal se ajustan, sin mayores esfuerzos, a las exigencias del tipo penal de asociación ilícita. Para que se entienda bien, se trataba de un ´traje a medida´ y la mayoría del Tribunal convirtió esta figura en un ´traje estrecho´ o, peor aún, en un tipo penal prácticamente inaplicable para casos de corrupción en la Administración pública”, sostuvo y calificó como “inadmisible” que no se haya condenado por asociación ilícita.
Este miércoles a las 09:30 horas era el último día para presentar el recurso de apelación, luego de que se extendiera el plazo por 30 días, y será remitido por el Tribunal Oral Federal 2 a la Cámara de Casación de Comodoro Py.
En la causa interviene la Sala IV con los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo. Los 2 primeros son muy criticados por el kirchnerismo por sus visitas al expresidente Mauricio Macri. Borinsky y Carbajo también intervinieron en la confirmación de la condena de Báez por lavado de dinero y la redujo a 10 años.
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