“Si bien la actora (demandante) pretende la continuidad de la vigencia de las prestaciones económicas percibidas, al entender que su sustitución por eventuales ‘vouchers para capacitación’ no constituye una alternativa idónea ni equivalente, lo cierto es que, al haberse instituido dicho programa en ejercicio de la potestad que prevé el inciso 2 del artículo 99 de la Constitución Nacional (que establece que el Presidente expide instrucciones y reglamentos para la aplicación de las leyes), tales cuestiones deberán ser objeto de un pormenorizado análisis al momento del dictado de la sentencia definitiva”, se aclaró en el fallo, que no se refiere a la cuestión de fondo.
“Desde esta perspectiva, advirtiéndose además que el órgano ministerial, mediante la resolución número 84/24 (que implementó el “Programa Volver al Trabajo”), ya había instituido su finalización al transcurrir los 24 meses a partir de su aprobación -no habiendo ello sido oportunamente cuestionado por los actores-, en el ‘sub-lite’ la acreditación del presupuesto de la verosimilitud del derecho remite a un complejo examen en torno a la razonabilidad de las medidas implementadas por el Gobierno Federal, circunstancia que exige un ámbito de debate y prueba que excede ampliamente el ceñido marco de un proceso cautelar", consideraron los magistrados.
“En este orden de ideas, a raíz de todo lo expuesto precedentemente, en este estado liminar de las actuaciones, no está verificada la verosimilitud del derecho, con el grado de certeza requerido para este tipo de medidas innovativas, por lo que corresponde hacer lugar a las quejas vertidas por la accionada en este punto”, concluyeron los jueces al revocar la medida cautelar de Charvay, juez federal de Campana que, entre otros casos, tuvo a su cargo expedientes vinculados a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y su titular, Claudio “Chiqui” Tapia.
La UTEP, que lidera el dirigente del Movimiento Evita Alejandro Gramajo, criticó la decisión judicial. “La Cámara priorizó la ‘burocracia de las políticas públicas’ y las facultades discrecionales del Ejecutivo por sobre el carácter alimentario de los ingresos de las familias más vulnerables. La Justicia avaló, así, el argumento oficial de que el programa tenía un ‘vencimiento de 24 meses’ y habilitó al Gobierno a reemplazar un salario de subsistencia por los ‘vouchers de capacitación’ del nuevo programa Formando Capital Humano, eventuales e insuficientes para cubrir necesidades básicas”, cuestionó la organización gremial de cooperativistas y otros trabajadores de la economía popular, que informó que el plan dejará de cobrarse el mes próximo.