Por otro lado, apuntó contra el artículo 32 del Decreto 461/2025 en el que dispone que la estabilidad del personal tiene una fecha de vencimiento. "Se vulneran las normas y garantías laborales vigentes", destacó Forns.
"Teniendo en cuenta que en esta etapa preliminar del proceso, donde se verifican circunstancias graves y objetivas, permiten justificar el dictado de una medida cautelar de no innovar, a fin de evitar perjuicios irreparables y preservar el statu quo hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo", afirmó la sentencia.
En tanto, la jueza Forns no se pronunció sobre el planteo para declarar la nulidad e inconstitucionalidad del Decreto 461 porque para ello es necesario un "estudio mucho más complejo y profundo, con amplio debate y prueba, que en modo alguno podrían resolverse con los elementos hasta ahora incorporados".
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