Autorización de Manzur
La resolución faculta al Jefe de Gabinete a autorizar los viajes al exterior de los funcionarios en los casos en que los eventos de los que deben participar no cuentan con la opción de asistencia virtual.
“Deviene necesario establecer que los traslados por misiones o comisiones al exterior, cualquiera fuera la fuente de financiamiento del gasto, deberán contar con la previa conformidad del Jefe o de la Jefa de Gabinete de Ministros, debiendo iniciar el trámite administrativo con una antelación mínima de DIEZ (10) días hábiles previos al traslado al exterior”, establece la norma publicada en el Boletín Oficial.
Pero también recomienda limitar las comitivas oficiales “que integren los traslados por misiones o comisiones al exterior a un máximo de UN (1) funcionario o UNA (1) funcionaria por evento o actividad a realizarse”.
Excepción
Según el artículo 8vo de la resolución, quedaron exceptuados de esta norma los funcionarios y autoridades del ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
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