Aunque la legislación vigente ya contempla restricciones al uso de dispositivos móviles, el proyecto pretende establecer mecanismos más estrictos para garantizar su cumplimiento.
Los internos podrían comunicarse mediante teléfonos habilitados por las autoridades penitenciarias, pero bajo condiciones específicas.
Cada detenido tendría la posibilidad de solicitar autorización para llamar a un máximo de cinco números telefónicos, cuyos titulares deberán estar previamente identificados y contar con la aprobación correspondiente.
Además, las comunicaciones podrían ser escuchadas, grabadas o interrumpidas ante determinadas situaciones de riesgo, como la planificación de delitos, el contacto con personas no autorizadas o posibles amenazas contra terceros.
Las grabaciones podrían conservarse durante un máximo de seis meses.
La iniciativa también establece que las llamadas deberán tener una duración mínima de 20 minutos por persona y día, salvo las condiciones logísticas previstas para su funcionamiento.
En el caso de las comunicaciones con abogados defensores, se deberá garantizar la confidencialidad mediante espacios especialmente acondicionados.
Uniformes obligatorios y una clasificación según la peligrosidad
Otra de las modificaciones que propone Martínez es establecer un sistema de vestimenta uniforme dentro de los establecimientos penitenciarios.
Los internos deberán utilizar prendas de color beige o marrón claro, adaptadas a las condiciones climáticas y provistas por la administración penitenciaria.
La particularidad es que los uniformes permitirán identificar visualmente el nivel de peligrosidad de cada persona condenada.
El proyecto contempla cuatro categorías:
- Próximos a obtener la libertad asistida o condicional: utilizarán uniformes lisos.
- Peligrosidad leve: llevarán una franja vertical blanca reflectante.
- Peligrosidad media: tendrán dos franjas verticales.
- Peligrosidad alta: deberán utilizar tres franjas verticales.
Las marcas estarán ubicadas tanto en el pecho como en la espalda.
La clasificación será realizada por organismos técnicos penitenciarios y deberá revisarse judicialmente cada año. Los internos también podrán impugnar la categoría que se les asigne.
Según los fundamentos del proyecto, el objetivo es facilitar la identificación de los detenidos, mejorar los controles internos y permitir una respuesta más rápida ante situaciones de emergencia.
Los presos deberán contribuir a los gastos de su alojamiento
La reforma también propone crear un Arancel Único Carcelario (AUC), destinado a que las personas condenadas contribuyan parcialmente a los costos que genera su permanencia en prisión.
El dinero recaudado se utilizaría para afrontar gastos vinculados con alimentación, servicios básicos, asistencia médica y uniformes.
El arancel no podrá superar el 15% del Salario Mínimo, Vital y Móvil y comenzará a aplicarse una vez transcurridos seis meses desde que la condena quede firme.
Quienes se encuentren detenidos bajo prisión preventiva estarán exceptuados del pago.
Además, los condenados que estudien y trabajen simultáneamente podrán acceder a una reducción del 50% del arancel.
El proyecto establece que la falta de recursos económicos no podrá utilizarse como argumento para restringir el acceso a alimentos, agua potable, atención médica o elementos de higiene.
En caso de que un interno no tenga dinero para afrontar el pago, la obligación quedará registrada como deuda.
Trabajo remunerado y descuentos sobre los ingresos
El proyecto también busca transformar el sistema laboral dentro de las cárceles, promoviendo actividades productivas que permitan a los condenados generar ingresos y adquirir experiencia para cuando recuperen la libertad.
La iniciativa establece que el trabajo penitenciario será considerado un derecho y un deber, con una remuneración calculada sobre el valor horario del Salario Mínimo, Vital y Móvil, que no podrá ser inferior al 75%.
Sin embargo, ese dinero no quedará íntegramente a disposición del interno.
El texto contempla deducciones para cumplir obligaciones alimentarias, reparar económicamente los daños ocasionados por el delito y contribuir a los gastos del establecimiento penitenciario.
También dispone que una parte de los ingresos se reserve para el momento en que la persona recupere su libertad.
La reforma pretende ampliar progresivamente la cantidad de condenados que realizan trabajos productivos, con una meta de cobertura del 50% durante el primer año, del 60% en el segundo y del 70% a partir del tercero, sobre la población penitenciaria considerada apta para trabajar.
Para lograrlo, se contempla la participación de empresas privadas, cooperativas y organismos públicos en actividades desarrolladas bajo supervisión penitenciaria.
Una reforma que busca modificar el funcionamiento de las cárceles
En los fundamentos de la iniciativa, Martínez plantea la necesidad de avanzar hacia un sistema penitenciario que combine seguridad, disciplina, responsabilidad individual y preparación para la reinserción social.
El proyecto también propone modernizar el Ente de Cooperación Técnica y Financiera del Servicio Penitenciario Federal (ENCOPE), ampliar los talleres productivos y facilitar que los organismos públicos puedan adquirir bienes y servicios elaborados dentro de las cárceles.
A su vez, contempla programas de capacitación y vinculación laboral durante los últimos doce meses previos a la recuperación de la libertad.
La propuesta abre una discusión sobre el modelo penitenciario argentino: cómo reforzar la seguridad, qué obligaciones económicas pueden imponerse a las personas condenadas y qué herramientas deben ofrecerse para reducir las posibilidades de reincidencia.
Por ahora, se trata de una iniciativa legislativa que deberá atravesar el debate parlamentario antes de convertirse en ley.
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