Además, se propone establecer una multa para los proveedores que, luego de una sentencia judicial favorable al consumidor, no hayan brindado una respuesta eficaz y adecuada.
La multa equivale a tres canastas básicas totales para el hogar tipo 3 según el INDEC, y se suma al capital de condena a favor del consumidor. Entre otras cuestiones, dicha sanción busca evitar cualquier especulación relacionada con la insignificancia del reclamo que pudiera desalentar al consumidor a acceder a la justicia en defensa de sus derechos.
Otro aspecto importante es que, en caso de apelación de una sentencia favorable al consumidor, la apelación se concederá previo depósito del capital, intereses y costas, excepto los honorarios de los profesionales que representan a la parte recurrente, que se abonarán al efecto devolutivo.
Por último, el proyecto también prohíbe a los proveedores de bienes y servicios incluir al consumidor en bases de datos de información comercial hasta que no obtengan una resolución administrativa o sentencia judicial favorable a su reclamo.
El proyecto completo a continuación