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Arde la interna radical en PBA, y Ramos Padilla echó más leña al fuego

Luego de la interna radical bonaerense, los apoderados de la Lista 14 Protagonismo Radical, encabezado por Gustavo Posse y Dayna Tavella, pidieron la intervención de la Junta Electoral por "parcialidad manifiesta". "Buscan proclamar el triunfo de Abad sin contar los votos de la elección", sostiene la demanda judicial. El Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de Buenos Aires respondió hoy (31/03) a la presentación y afirmó que los resultados "no son definitivos" y que "no tienen ninguna validez definitiva".

La elección interna de la UCR Buenos Aires se celebró hace ya más de una semana (22/03). Sin embargo, hay incertidumbre en torno a los resultados. Si bien en un comienzo se reconoció como ganador a la fórmula Maximiliano Abad y Érica Revilla de la lista 23 Adelante Buenos Aires, su triunfo fue muy ajustado y está por verse si fue tal.

Por esta razón, la Lista 14 Protagonismo Radical, liderada por Gustavo Posse y Danya Tavella, decidieron elevar judicialmente la interna afirmando que la Junta Electoral favoreció a su rival y que no se "contaron todos los votos". Ante esta situación, Posse y compañía realizaron una presentación efectuada el 25/03 respecto a los resultados que hizo públicos la Junta Electoral de la UCR de la Provincia de Buenos Aires. 

La demanda apunta a tres de los miembros de la Junta Electoral, Federico Carozzi presidente; José Fernández, secretario; y Lucía Gómez, vocal; y solicita una cautelar e impugna el acto electoral por "la falta absoluta de información e inclusive el ocultamiento deliberado de dicha información a miembros de la minoría" de la Junta Electoral y a los apoderados de la Lista 14 sobre los resultados provisorios de las internas. 

 

Según el medio digital "Sin Filtro", "en la resolución que emitió hoy (31/03) el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de Buenos Aires aseguró que los resultados publicados 'no son definitivos' y que 'no tienen ninguna validez definitiva'. Además, informó que 'el conteo provisional de los resultados de la elección constituye un mero elemento publicitario, carente de relevancia jurídica que solo tiene como finalidad satisfacer el reclamo de la opinión pública de conocer los resultados de la elección con la mayor inmediatez, aunque estos no sean definitivos'.

Por otra parte, el juez a cargo de la denuncia, Alejo Ramos Padilla, negó la medida cautelar de no innovar, que solicitaron los apoderados de la Lista 14, Protagonismo Radical, y la intervención a la Junta Electoral de la U.C.R. de la Provincia de Buenos Aires. También, anunció que por el hecho de que las denuncias fueron presentadas "en el marco del proceso eleccionario interno que se lleva adelante en el partido Unión Cívica Radical de la Provincia de Buenos Aires", el conteo de votos continuará.

El comunicado oficial del Juzgado Federal:

"Cabe recordar que la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, publicó un comunicado “oficial” el 22 de marzo, al día siguiente de que se realizaran las elecciones internas del radicalismo.

Con la firma de tres de sus miembros (Federico Carozzi, José Fernández y Lucía Gómez), afirmó que con información del 100 por ciento de las mesas receptoras de votos, los resultados fueron: 52% a favor de la Lista 23 Adelante Buenos Aires y 48% para la Lista 14 Protagonismo Radical.

El pasado 25 de marzo, los apoderados de la Lista Protagonismo Radical, que llevó como candidato a presidente de la U.C.R. de Buenos Aires a Gustavo Posse, presentaron una demanda ante la Justicia Federal con Competencia Electoral de la Provincia de Buenos Aires.
La demanda objeta el comunicado que la Junta Electoral del radicalismo provincial efectuó el 22 de marzo, el día siguiente en la que se celebraron las elecciones internas, y la posterior proclamación del supuesto vencedor, Maximiliano Abad, sin haber terminado el recuento, ni haber recibido información de las juntas electorales locales, ni haberse reunido todos los miembros de la Junta. Al día de hoy, no hay resultados provisionales que provengan de actas originales".

 

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