El artículo 89 dispone: PRESCRIPCION. La prescripción se opera: a) A los DOS (2) años para la acción por falta leve; b) A los CINCO (5) años para la acción por falta grave y para sanciones; En todos los casos, se interrumpe por la comisión de una falta grave o por la secuela del juicio contravencional, ejecutivo o judicial.
Policía de transito realizando multas.
La categorización de las faltas está desarrollada en la ley mencionada, pero para ejemplificar, el exceso de velocidad de menos del 10% de la máxima es falta leve, mientras que pasar un semáforo en rojo o conducir sin registro significa una falta grave.
Cada jurisdicción local podría fijar los plazos de prescripción, siempre y cuando no alteren esta garantía a ser juzgado en un plazo razonable. Por ende, hay que ver la normativa local de cada provincia, municipio o CABA. Quien pretenda hacer cualquier trámite ligado a la licencia de conducir debe pagar las infracciones con sentencia firme.
El plazo de prescripción de las multas de tránsito en Ciudad de Buenos Aires
Antes de febrero de 2017, las multas de tránsito en CABA prescribían a los dos años. Es por eso que si cometiste una infracción y te sancionaron antes de esa fecha, el plazo de prescripción continua siendo de dos años
Pero actualmente, la ley extendió a 5 años contados desde la comisión de la infracción el plazo para las prescripciones. Esta reforma se hizo para que coincidiera con el tiempo máximo de vigencia de las licencias de conducir y los infractores no puedan evitar el pago. Es decir que si querés renovar la licencia, vas a tener que abonar las multas adeudadas.
En el caso de PBA, se sigue al pie de la letra la lo estipulado en la Ley Nacional. Las sanciones prescriben en un período de 2 a 5 años, dependiendo si se trata de una falta leve o grave.
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