Cabe destaca que Sala tiene otras condenas que todavía no están firmes y se encuentran apeladas. Una es a 13 años de prisión por el delito de asociación ilícita por el desvío de $60 millones destinados a cooperativas para la construcción de viviendas sociales. Otra es a 4 años de prisión por lesiones graves contra otro dirigente social de la provincia en 2006. Por esas causas, y otras que se investigan, la Corte Suprema tiene una decena de planteos por resolver.
Esta causa cuya condena quedó firme, es por un hecho que ocurrió el 13 de octubre de 2014. Ese día María Belén Vargas denunció que otra mujer vendía en una feria de San Salvador de Jujuy ropa interior que le había robado a su mamá. En medio de esta, la madre de Vargas -que había quedado detenida- le pidió ayuda a Sala para que intervenga por su hija.
La líder de la Tupac Amaru llamó a la comisaría y, según la acusación que llegó a juicio oral, amenazó a dos policías de la Comisaria Seccional Nº 56, dependiente de la Unidad Regional Nº 7. Llamó por teléfono a la seccional y les espetó: “Son una manga de maricones y que van a tener noticias porque voy a poner una bomba y voy a hacer volar a todos”, dijo Sala, según la denuncia penal fue presentada por la Comisario, Ángela Silvina Cabero.
En una segunda llamada a Cabrero, ya a su teléfono celular le dijo: “Son una manga de incompetentes, cuando le ponga yo una bomba me van a conocer a mí, los voy a hacer volar a la mierda, ya me van a conocer”.
La dirigente social fue enviada a juicio oral y en diciembre de 2017 fue absuelta por mayoría por el Tribunal en lo Criminal 2, que le concedió el beneficio de la duda. Pero luego la Cámara de Casación revocó esa decisión y la condenó a tres años y dos meses de prisión por el delito de amenazas. La causa siguió y en julio de 2019 el Tribunal Superior de Justicia de Jujuy confirmó la condena pero redujo la pena a dos años.
Con ese fallo, la defensa de Sala apeló a la Corte Suprema y objetó distintos aspectos del fallo del máximo tribunal de Jujuy. Sostuvo que no analizó toda la prueba y que fue arbitrario en su decisión y fundamentación.
Pero los jueces del máximo tribunal del país rechazaron los argumentos, afirmando que la apelación era improcedente porque no cumplía los requisitos administrativos. Pero también avalaron el fallo desde lo jurídico.
Los cinco jueces de la Corte Suprema sostuvieron que sus pares de Jujuy fundaron “las razones por las que rechazaba los planteos de la defensa”. “En tal sentido, señaló por qué no podía entenderse vulnerado el principio de inmediación, valoró las pruebas por medio de las cuales debían tenerse por acreditados los hechos y la responsabilidad penal de la acusada, justificó la calificación legal impuesta y redujo la pena oportunamente determinada”, agregaron.
“Por todo ello, el agravio planteado prescinde de las constancias de la causa, y no ha demostrado una vulneración al derecho a la revisión amplia de la sentencia condenatoria reconocido por este Tribunal”, agregaron. Así, los magistrados concluyeron que “no se ha demostrado mínimamente la conformación de alguno de los supuestos habilitantes de la competencia extraordinaria de esta Corte”.
Fallo de la Corte Suprema de Justicia sobre caso Milagro Sala by Urgente24