Cabe destacar que los delitos contra la administración pública reprimen a funcionarios que hubieran realizado algún tipo de acto bajo una motivación que se encuentra ajena a la tarea que realizan. Para probar dicha motivación, es necesario que exista un acto administrativo. Y en este caso puntual, ese elemento necesario para avanzar con una imputación no se halló.
El juez ya había adoptado una posición similar en marzo, cuando rechazó un planteo del fiscal Guillermo Marijuán para citar a Donda a declaración indagatoria. En aquel entonces, el magistrado ya había establecido que el tipo penal atribuido necesariamente exige que haya un funcionario público que dicte resoluciones contrarias a la legislación vigente.
“De acuerdo al relevamiento practicado por la Fiscalía, existieron conversaciones privadas en el marco de las cuales Donda Pérez habría formulado un ofrecimiento impropio. Sin embargo, no hay elementos que indiquen que tras esos diálogos haya existido una resolución o a una orden emanada por la titular del INADI que disponga hacer efectivo tal ofrecimiento -ya sea mediante una contratación o el otorgamiento de un plan social”, argumentó.