Ante lo ocurrido en Brasil, y los primeros registros en el país, la ANMAT definió la prohibición de uso, distribución y comercialización de la pasta dental en la Argentina.
Así lo comunicó mediante la Disposición 5126/2025. Además, también instó a Colgate Palmolive Argentina S.A. a "retirar del mercado el producto Crema dental anticaries con flúor COLGATE TOTAL CLEAN MINT".
A partir de una denuncia realizada por un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que derivó en la detección del producto rotulado como “Aceite de Oliva Extra Virgen marca Monte Oliva - Cont Neto 2 Lts., Consumir antes de AGO/27, RNE: 13289653 - RNPA: 13225493, Origen de Mendoza”, la ANMAT prohibió la elaboración y comercialización del mencionado aceite de oliva.
Tras la investigación, las autoridades constataron que tanto el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) como el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que figuran en la etiqueta del envase "son inexistentes".
Según informó la Dirección de Higiene y Seguridad Alimentaria del Gobierno porteño, se realizó una inspección en el domicilio de compra indicado por el denunciante. Allí se "realizó la toma de muestra oficial reglamentaria y procedió a la intervención sanitaria preventiva".
Dado que se trata de un producto que "no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado", las autoridades determinaron que "no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido".
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