Pero también hay otras empresas en Sillicon Valley que trabajan en desarrollar sus propias BCIs capaces de captar la actividad cerebral, como Kernel, Emotiv, y Neurosky. En su caso alegan la búsqueda de fines éticos, como ayudar a las personas con parálisis a controlar sus dispositivos (desde sus ordenadores personales a brazos robóticos).
Con nuevas tecnologías se abren nuevos debates éticos y aparecen nuevos vacíos legales. En este contexto, hay quienes defienden los "neuroderechos". Dos académicos residentes en Suiza, el argentino Roberto Adorno (especialista en bioética) y el italiano Marcello Ienca (especialista en neuroética), llevan ya unos años defendiendo la necesidad de proteger los pensamientos y las memorias almacenados en los cerebros de los ciudadanos de toda clase de robo o 'hackeo'.
“Siempre se ha considerado al pensamiento como el último refugio de la libertad. Aún en períodos de gobiernos totalitarios donde se podía arrestar a personas, opositores, clausurar diarios, pero los individuos podían seguir teniendo un pensamiento crítico”, explicó Adorno en una conferencia.
“Tanto la imagen cerebral como las distintas formas de generar interacción entre el cerebro y las computadoras, realizan extraordinarios aportes a la investigación del cerebro humano y permiten nuevas formas de diagnóstico y tratamiento de enfermedades, pero al mismo tiempo crean nuevos riesgos para la última libertad humana que es la del pensamiento”, reconoció.
Por este motivo, los especialistas formularon "nuevos" derechos que, en este contexto, deben ser respetados.
> Derecho a la libertad cognitiva: los humanos tenemos el derecho a usar estas nuevas neurotecnologías, pero también a recibir protección contra el uso no consentido de éstas sobre nosotros.
> Derecho a la privacidad mental: así como están establecidos controles sobre la privacidad de los datos personales, también deberá haber un status legal (aún mas estricto) sobre la privacidad mental.
> Derecho a la integridad mental: es decir, la protección de la mente contra posibles daños, así como accesos desautorizados o manipulación de señales neuronales que puedan derivar en daños psicológicos o físicos.
> Derecho a la continuidad psicológica: a preservar la identidad personal y la coherencia del comportamiento individual frente a alteraciones realizadas sin permiso por terceras partes.