En suma, quienes dañen infraestructura destinada a la seguridad pública o el transporte, recibirían penas que oscilan entre los 4 y 12 años. Si los responsables portan máscaras o elementos para ocultar su rostro, se podría aumentar la cárcel con la mitad o dos terceras partes del castigo original.
Otro de los puntos que tuvo en cuenta el Congreso fue el delito de instigación a delinquir, en un país atravesado por el crimen organizado. Si esta práctica se realiza para hurtos o dañar bienes ajenos, se contempla de 4 a 6 años de cárcel. Si la conducta se utiliza para los delitos de genocidio, homicidio, desaparición forzada, secuestro, tortura, traslado o desplazamiento forzoso y violencia contra un servidor público, la prisión podría ser de entre 10 y 20 años, con una multa de entre 800 y 2.000 salarios mínimos.
En cuanto a los reincidentes, la normativa menciona la figura de "peligro para la comunidad". Este aspecto apunta a que, aquellos individuos que vuelven a delinquir tras ser liberados, si portan armas para amenazar, podrían volver a prisión de manera más expeditiva.
La reforma también prevé cambios en cuanto a la legítima defensa.
Según lo aprobado, se modifica el artículo 32 del Código Penal, el cual habla de ausencia de la responsabilidad penal en ciertas situaciones y, en este caso, cuando haya necesidad de "defender un derecho propio o ajeno contra injusta agresión". Es decir, defender la casa o el auto cuando otra persona los invada de manera violenta.
El proyecto de seguridad ciudadana específico la figura de la "legítima defensa privilegiada", que consiste en defender la "habitación o dependencias inmediatas o vehículo ocupado" cuando se trate de rechazar a un extraño que, usando maniobras o mediante violencia, penetre o permanezca arbitrariamente en estos espacios.
En estos casos, según lo conciliado, no habría responsabilidad penal para quien ejerza esta defensa de la propiedad privada.
Otra modificación al Código Penal incorporada en esta norma y que fue objeto de conciliación fue el tema de invasión de tierras, el cual existirá cuando alguien invada un terreno o una edificación ajena para obtener un provecho ilícito para sí o para otro. En estos casos se aumenta el mínimo de prisión, que pasa de 2 años y 8 meses a 4 años. El máximo de la sanción sigue en 7 años y cinco meses.
El proyecto de ley de seguridad ciudadana modifica los casos en los cuales concluye la acción penal contra los invasores. En este caso lo aprobado fue que la Fiscalía podrá terminar el proceso penal o aplicar principios de oportunidad cuando los invasores terminen su acción, "siempre y cuando" haya una indemnización por los daños causados.
Las críticas
La oposición colombiana afirma que esta nueva normativa apunta a restringir la protesta social y dar vía libre a los uniformados para continuar con su accionar coercitivo: "Una cosa es salir a controlar a los manifestantes y otra es salir a matar, como sucedió en Cali. 48 muertos, casi todos jóvenes", enfatizó la congresista Aída Avella, de la Unión Patriótica (UP).
En contrapartida, Paloma Valencia, del oficialista Centro Democrático (CD), dijo que el proyecto "no criminaliza la protesta". Y añadió: "La separa de la infiltración del vandalismo, de los bloqueos, de la destrucción del sistema de transporte, de los bienes públicos y privados. La protesta no es ni puede ser violenta".
El senador Iván Cepeda, del Polo Democrático (PD), expresó que la ley "que aprueba el uribismo" es "un compendio de disposiciones que legalizan prácticas criminales oficiales, paramilitares y de particulares". También la tildó como "una licencia para matar" y "una nueva aberración de corte fascista de este Gobierno".
Más allá de las críticas, junto a otros legisladores opositores envió 2 cartas, una dirigida a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y otra a tres congresistas estadounidenses: Patrick Leahy, Jim McGovern y Alexandria Ocasio-Cortez, para "que se tenga en cuenta esta ley a la hora de aprobar fondos para Colombia".