El Código Penal argentino protege a niños y adolescentes del grooming, considerado un delito grave. El artículo 131 establece penas de 6 meses a 4 años de prisión para quien contacte a un menor por medios electrónicos con fines de vulnerar su integridad sexual.
Además, el artículo 128 reprime la producción, financiación, comercialización y distribución de material pornográfico infantil, así como su tenencia para consumo o venta. También sanciona la organización de espectáculos sexuales donde participen menores y la facilitación de acceso a material pornográfico.
Atención
Ante sospechas de ciberacoso, grooming o explotación sexual, se puede llamar de forma gratuita a la línea nacional 137 (opción 1) o enviar un WhatsApp al 11-3133-1000. Psicólogos y trabajadores sociales brindan contención y articulan con fuerzas de seguridad.
En la Ciudad de Buenos Aires, las denuncias pueden hacerse en la UFECI (Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia), ubicada en Sarmiento 663, 6° piso. Asimismo se puede denunciar en la fiscalía más cercana al domicilio: https://mpfciudad.gob.ar/
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