Por qué se frenó la venta.
La paralización de la licitación de activos
Paralelamente al crecimiento de las deudas, la Justicia mantiene congelada la venta de los bienes operativos de la entidad. La medida fue dispuesta por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela, tribunal que analiza múltiples recursos contra los pliegos licitatorios.
Diversos actores —entre ellos BAF Latam, Fidulac, ITC Fiduciaria, SMD Delong y otros acreedores— presentaron objeciones y planteos de nulidad centrados en los criterios de valuación, como la reducción del 20% aplicada al valor de la planta de Sunchales, instrumentada poco después del incendio ocurrido en junio.
Asimismo, se cuestiona la composición de los lotes respecto a la inclusión de determinados bienes y marcas comerciales, el diseño de la convocatoria con condiciones que podrían desincentivar el interés de potenciales inversores, y cuestiones procedimentales vinculadas al desplazamiento del síndico Juan Luis Tomat de tareas clave en el control de los pliegos.
Expectativas e Incertidumbre
Meses atrás, el escenario parecía encaminarse hacia una definición cuando los activos se tasaron en una base cercana a los u$s52,1 millones, despertando el atractivo de diversos conglomerados empresarios. Sin embargo, la intervención de la Cámara en julio —cuando restaban menos de tres semanas para el cierre de ofertas— frenó por completo la liquidación.
Hoy en día, el porvenir de la cooperativa permanece subordinado a los tiempos judiciales: por un lado, se requiere sanear y dimensionar con precisión el pasivo en expansión; por el otro, es indispensable destrabar las impugnaciones para reactivar la licitación de las plantas y marcas.
La láctea acumula pasivos mientras la Justicia mantiene suspendida la liquidación.
El conflicto legal en torno al proceso de venta se encuentra en una etapa de estancamiento. La Cámara de Apelaciones aún no ha abordado el análisis sustancial de las objeciones presentadas contra los pliegos licitatorios. Previo a emitir un fallo definitivo, es un requisito procesal agotar la tramitación de los recursos correspondientes y aguardar el dictamen técnico que debe elaborar la sindicatura plural respecto a las apelaciones interpuestas.
Actualmente, las autoridades no manejan un cronograma estimativo para reiniciar el concurso. Consecuentemente, la monetización y gestión de los bienes de explotación productiva permanecerán suspendidas hasta que el tribunal superior destrabe las impugnaciones vigentes sobre el sistema de enajenación.
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