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Retención Cero para exportaciones de productos orgánicos

El Gobierno nacional redujo las retenciones a las exportaciones de productos ecológicos, biológicos u orgánicos, en un gesto a las economías regionales.

En una medida que entrará en vigencia recién el 1ro de enero de 2022, el Gobierno nacional decidió hacer un gesto a las economías regionales y redujo a cero las retenciones a las exportaciones de productos ecológicos, biológicos y orgánicos, a través de los decretos 851/2021 y 852/2021 publicados este miércoles (15/12) en el Boletín Oficial.

Trigo y Soja

El gobierno de Alberto Fernández redujo en cinco puntos porcentuales la alícuota para los productos de carácter ecológico, biológico u orgánico sujetos a precios internacionales y con alícuotas más elevadas.

En este caso, la medida contempla al trigo y harina de trigo; maíz, poroto, harina, pellets y aceite de soja y margarinas con certificación orgánica.

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Los productos orgánicos tendrán retención cero para las exportaciones

El Gobierno destacó que “la producción orgánica implica la elaboración de alimentos diferenciados mediante la aplicación de técnicas y prácticas tendientes a la preservación del ambiente y la sustentabilidad de los sistemas productivos”.

Al respecto, señaló que “el citado modo de producir genera una mayor utilización de mano de obra respecto de la producción convencional, el restablecimiento de los suelos y una alternativa válida para un país que busca ampliar su oferta exportable de alimentos diferenciados”.

Mercado con potencial

Asimismo, el Gobierno indicó que “la demanda de alimentos orgánicos representa un mercado con alto potencial de desarrollo a nivel nacional y se encuentra en crecimiento a nivel internacional”.

Por lo tanto, consideró que “resulta conveniente incentivar la producción y exportación de alimentos diferenciados por su modo de producir, acorde al criterio de fomentar mayor producción de alimentos con valor agregado”.

Exportaciones

En el decreto 852/2021, el Gobierno fijó a partir del 1 de enero de 2022 las alícuotas del Derecho de Exportación para determinadas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur correspondientes al sector agroindustrial.

“Teniendo en cuenta la delicada situación macroeconómica actual, como también la necesidad de promover las exportaciones para un mayor crecimiento y desarrollo, al momento de elegir los productos a incluir en la presente medida, se consideraron aquellos productos agropecuarios de las economías regionales que implicaran un bajo o nulo impacto en los precios internos”, puntualizó el Poder Ejecutivo.

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