La reglamentación también habilita la participación de Grandes Contribuyentes Nacionales y de personas que ocupan o hayan ocupado cargos públicos durante los últimos cinco años. Sin embargo, estos grupos podrán utilizar el mecanismo sin acceder al tapón fiscal ni al efecto liberatorio.
Otro cambio relevante corresponde a los controles de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El organismo deberá acreditar las eventuales irregularidades mediante las declaraciones presentadas, sus propios sistemas y la información proporcionada por terceros.
El régimen establece que el beneficio puede perderse ante determinadas diferencias tributarias. Entre los supuestos contemplados figuran un incremento del impuesto determinado de al menos el 15% que, además, supere los $5 millones; diferencias superiores a $100 millones, independientemente del porcentaje; y el uso de facturas apócrifas o el cómputo indebido de retenciones, percepciones o anticipos, por cualquier monto.
Para conservar las ventajas, los contribuyentes deberán presentar y pagar en término, revisar las declaraciones precargadas, ratificar anualmente su permanencia y canalizar sus operaciones mediante el sistema financiero formal. Desde el 1 de enero de 2027, el umbral de evasión simple se actualizará por UVA.
AFIP y el futuro de la recaudación
La apuesta oficial consiste en facilitar la exteriorización de fondos y ampliar la base de contribuyentes adheridos. Su alcance efectivo dependerá de la respuesta de los ahorristas y de la capacidad del nuevo esquema para generar confianza sin debilitar los mecanismos de control fiscal.
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